{"id":3591,"date":"2024-12-09T15:43:25","date_gmt":"2024-12-09T15:43:25","guid":{"rendered":"https:\/\/custodiarltda.com\/?page_id=3591"},"modified":"2024-12-09T16:31:46","modified_gmt":"2024-12-09T16:31:46","slug":"manual-sarlaft","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/custodiarltda.com\/index.php\/manual-sarlaft\/","title":{"rendered":"MANUAL SARLAFT"},"content":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column]<div class=\"ult-spacer spacer-69eb8e8838745\" data-id=\"69eb8e8838745\" data-height=\"30\" data-height-mobile=\"30\" data-height-tab=\"30\" data-height-tab-portrait=\"\" data-height-mobile-landscape=\"\" style=\"clear:both;display:block;\"><\/div>[\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]<strong>MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SARLAFT 2.0.<\/strong><\/p>\n<h5>OBJETIVO<\/h5>\n<p>Establecer mecanismos eficaces para que la compa\u00f1\u00eda est\u00e9 protegida de ser utilizadas en forma directa, es decir, a trav\u00e9s de sus accionistas, beneficiarios finales, administradores, empleados, proveedores y\/o clientes, como instrumento para el lavado de activos, canalizaci\u00f3n de recursos hacia la realizaci\u00f3n de actividades terroristas, financiaci\u00f3n de la proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades.<\/p>\n<h5>ALCANCE<\/h5>\n<p>La aplicaci\u00f3n de este documento abarca todas las actividades y procesos de la empresa, con un enfoque basado en el riesgo de acuerdo con la materialidad y sus caracter\u00edsticas propias, teniendo en cuenta las operaciones, productos y contratos que lleve a cabo o pretenda desarrollar, as\u00ed como sus contrapartes,\u00a0 \u00e1reas geogr\u00e1ficas de operaci\u00f3n y canales y dem\u00e1s caracter\u00edsticas particulares.<\/p>\n<p>Este procedimiento apoya los lineamientos para la selecci\u00f3n de asociados de negocio en base a la gesti\u00f3n del riesgo, con el fin de identificar operaciones sospechosas y garantizar la integridad y seguridad en la cadena de suministro, busca asegurar que los asociados de negocio cumplan con los est\u00e1ndares de seguridad y cumplimiento establecidos por CUSTODIAR LTDA.<\/p>\n<p>Aplica a nivel nacional y es monitoreado y controlado desde la sede Bogot\u00e1.<\/p>\n<h5>DEFINICIONES<\/h5>\n<p><strong>Activo Virtual:<\/strong> es la representaci\u00f3n digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y se puede utilizar para pagos o inversiones. Los activos virtuales no incluyen representaciones digitales de moneda FIAT, valores y otros activos financieros que ya est\u00e1n cubiertos en otras partes de las Recomendaciones GAFI.<\/p>\n<p><strong>Activos:<\/strong> es un recurso econ\u00f3mico presente controlado por la Empresa como resultado de sucesos pasados.<\/p>\n<p><strong>\u00c1rea Geogr\u00e1fica:<\/strong> es la zona del territorio en donde la Empresa desarrolla su actividad. Beneficiario Final: es la(s) persona(s) natural(es) que finalmente posee(n) o controla(n) directa o indirectamente a un cliente y\/o a la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacci\u00f3n. Incluye tambi\u00e9n a la(s) persona(s) naturales que ejerzan el control efectivo y\/o final, directa o indirectamente, sobre una persona jur\u00eddica u otra estructura sin personer\u00eda jur\u00eddica.<\/p>\n<p><strong>Beneficiario Final:<\/strong> es la(s) persona(s) natural(es) que finalmente posee(n) o controla(n) directa o indirectamente a un cliente y\/o a la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacci\u00f3n. Incluye tambi\u00e9n a la(s) persona(s) naturales que ejerzan el control efectivo y\/o final, directa o indirectamente, sobre una persona jur\u00eddica u otra estructura sin personer\u00eda jur\u00eddica.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Son beneficiarios finales de la persona jur\u00eddica los siguientes:<\/li>\n<li>Persona natural que, actuando individual o conjuntamente, ejerza control sobre la persona jur\u00eddica, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 260 y siguientes del C\u00f3digo de Comercio.<\/li>\n<li>Persona natural que, actuando individual o conjuntamente, sea titular, directa o indirectamente, del cinco por ciento (5%) o m\u00e1s del capital o los derechos de voto de la persona jur\u00eddica, y\/o se beneficie en un cinco por ciento (5%) o m\u00e1s de los rendimientos, utilidades o activos de la persona jur\u00eddica.<\/li>\n<li>Cuando no se identifique ninguna persona natural en los numerales 1) y 2), se debe identificar la persona natural que ostente el cargo de representante legal, salvo que exista una persona natural que ostente una mayor autoridad en relaci\u00f3n con las funciones de gesti\u00f3n o direcci\u00f3n de la persona jur\u00eddica.<\/li>\n<li>Son Beneficiarios Finales de un contrato fiduciario, de una estructura sin personer\u00eda jur\u00eddica o de una estructura jur\u00eddica similar, las siguientes personas naturales que ostenten la calidad de: i. Fiduciante(s), fideicomitente(s), constituyente(s) o posici\u00f3n similar o equivalente; ii. Comit\u00e9 fiduciario, comit\u00e9 financiero o posici\u00f3n similar o equivalente; iii. Fideicomisario(s), beneficiario(s) o beneficiarios condicionados; y iv. Cualquier otra persona natural que ejerza el control efectivo y\/o final, o que tenga derecho a gozar y\/o disponer de los activos, beneficios, resultados o utilidades.<\/li>\n<li>En caso de que una persona jur\u00eddica ostente alguna de las calidades establecidas previamente para la estructura sin personer\u00eda jur\u00eddica o estructuras similares, ser\u00e1 beneficiario final la persona natural que sea beneficiario final de dicha persona jur\u00eddica conforme al presente art\u00edculo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Contraparte:<\/strong> es cualquier persona natural o jur\u00eddica con la que la Empresa tenga v\u00ednculos comerciales, de negocios, contractuales o jur\u00eddicos de cualquier orden. Entre otros, son contrapartes los asociados, empleados, clientes, contratistas y proveedores de productos de la Empresa.<\/p>\n<p><strong>Comodato:<\/strong> entregar en calidad de pr\u00e9stamo equipos de los cuales el cliente puede hacer uso sin destruirlos, con la obligaci\u00f3n de restituirla.<\/p>\n<p><strong>Contrataci\u00f3n:<\/strong> Es el acto jur\u00eddico que genera obligaciones y compromisos previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales contenidas en el Estatuto de Contrataci\u00f3n y derivados de la autonom\u00eda de la voluntad.\u00a0 En el Sector Estatal puede darse en t\u00e9rminos de licitaci\u00f3n o contrataci\u00f3n directa de acuerdo con el valor del objeto a contratarse si \u00e9ste corresponde a mayor o menor cuant\u00eda respectivamente.<\/p>\n<p><strong>Debida Diligencia:<\/strong> es el proceso mediante el cual la Empresa adopta medidas para el conocimiento de la Contraparte, de su negocio, operaciones, y Productos y el volumen de sus transacciones.<\/p>\n<p><strong>Debida Diligencia Intensificada:<\/strong> es el proceso mediante el cual la Empresa adopta medidas adicionales y con mayor intensidad para el conocimiento de la contraparte, de su negocio, operaciones, productos y el volumen de sus transacciones.<\/p>\n<p><strong>Financiamiento del Terrorismo o FT:<\/strong> es el delito regulado en el art\u00edculo 345 del C\u00f3digo Penal Colombiano. El que directa o indirectamente provea, recolecte, entregue, reciba, administre, aporte, custodie o guarde fondos, bienes o recursos, o realice cualquier otro acto que promueva, organice, apoye, mantenga, financie o sostenga econ\u00f3micamente a grupos de delincuencia organizada, grupos armados al margen de la ley o a sus integrantes, o a grupos terroristas nacionales o extranjeros, o a terroristas nacionales o extranjeros, o a actividades terroristas, incurrir\u00e1 en prisi\u00f3n de trece (13) a veintid\u00f3s (22) a\u00f1os y multa de mil trescientos (1.300) a quince mil (15.000) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.<\/p>\n<p><strong>Financiamiento de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva o FP:<\/strong> es todo acto que provea fondos o utilice servicios financieros, en todo o en parte, para la fabricaci\u00f3n, adquisici\u00f3n, posesi\u00f3n, desarrollo, exportaci\u00f3n, trasiego de material, fraccionamiento, transporte, trasferencia, deposito o uso dual para prop\u00f3sitos ileg\u00edtimos en contravenci\u00f3n de las leyes nacionales u obligaciones internacionales, cuando esto \u00faltimo sea aplicable.<\/p>\n<p><strong>Factores de Riesgo LA\/FT\/FP:<\/strong> son los posibles elementos o causas generadoras del Riesgo de LA\/FT\/FP. Los servicios obligados deber\u00e1 identificarlos teniendo en cuenta a las contrapartes, los productos, las actividades, los canales y las jurisdicciones, entre otros.<\/p>\n<p><strong>GAFI:<\/strong> es el Grupo de Acci\u00f3n Financiera Internacional. Grupo intergubernamental creado en 1989 con el fin de expedir est\u00e1ndares a los pa\u00edses para la lucha contra el LA, el FT y el FP.<\/p>\n<p><strong>GAFILAT:<\/strong> Grupo de Acci\u00f3n Financiera de Latinoam\u00e9rica, organizaci\u00f3n intergubernamental de base regional que agrupa a 18 pa\u00edses de Am\u00e9rica del Sur, Centroam\u00e9rica y Am\u00e9rica del Norte, entre estos Colombia y fue creada en el a\u00f1o 2000.<\/p>\n<p><strong>LA\/FT\/FP:<\/strong> para efectos del presente Manual, significa Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva.<\/p>\n<p><strong>Lavado de Activos o LA:<\/strong> es el delito tipificado en el art\u00edculo 323 del C\u00f3digo Penal Colombiano. El que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, almacene conserve, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de tr\u00e1fico de migrantes, trata de personas, extorsi\u00f3n, enriquecimiento il\u00edcito, secuestro extorsivo, rebeli\u00f3n, tr\u00e1fico de armas, tr\u00e1fico de menores de edad, financiaci\u00f3n del terrorismo y administraci\u00f3n de recursos relacionados con actividades terroristas, tr\u00e1fico de drogas t\u00f3xicas, estupefacientes o sustancias psicotr\u00f3picas, delitos contra el sistema financiero, delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica, o vinculados con el productos de delitos ejecutados bajo concierto para delinquir , o les d\u00e9 a los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicaci\u00f3n, destino, movimiento o derecho sobre tales bienes o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen il\u00edcito, incurrir\u00e1 por esa sola conducta, en prisi\u00f3n de diez (10) a treinta (30) a\u00f1os y multa de seiscientos cincuenta (650) a cincuenta mil (50.000) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.<\/p>\n<p><strong>Listas Vinculantes:<\/strong> son aquellas listas de personas y entidades asociadas con organizaciones terroristas que son vinculantes para Colombia bajo la legislaci\u00f3n Colombiana (art\u00edculo 20 de la Ley 1121 de 2006) y conforme al Derecho Internacional, incluyendo pero sin limitarse a las Resoluciones 1267 de 1999, 1373 de 2001, 1718 y 1737 de 2006, 1988 y 1989 de 2011, y 2178 de 2014 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y todas aquellas que le sucedan, relacionen y complementen, y cualquiera otra lista vinculante para Colombia (como las listas de terroristas de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, la lista de la Uni\u00f3n Europea de Organizaciones Terroristas y la lista de la Uni\u00f3n Europea de Personas Catalogadas como Terroristas).<\/p>\n<p><strong>Matriz de Riesgo LA\/FT\/FP:<\/strong> es uno de los instrumentos que le permite a una Empresa identificar, individualizar, segmentar, evaluar y controlar los Riesgos LA\/FT\/FP a los que se podr\u00eda ver expuesta, conforme a los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP identificados.<\/p>\n<p><strong>Mercadeo:<\/strong> Todo lo que se haga para promover una actividad, desde el momento que se concibe la idea, hasta el momento que los clientes comienzan a adquirir el producto o servicio.<\/p>\n<p><strong>Mercado:<\/strong> Conjunto de compradores reales y potenciales de un producto o servicio. Estos compradores comparten una necesidad o un deseo particulares, susceptible de satisfacer por medio de intercambios y relaciones.<\/p>\n<p><strong>Segmentaci\u00f3n:<\/strong> es el proceso por medio del cual se lleva a cabo la separaci\u00f3n de elementos en grupos homog\u00e9neos al interior de ellos y heterog\u00e9neos entre ellos. La separaci\u00f3n se fundamenta en el reconocimiento de diferencias significativas en sus caracter\u00edsticas (variables de segmentaci\u00f3n).<\/p>\n<p><strong>Medidas Razonables:<\/strong> son las acciones suficientes, apropiadas y medibles en calidad y cantidad para mitigar el Riesgo LA\/FT\/FP, teniendo en cuenta los riesgos propios de los servicios obligados y su materialidad.<\/p>\n<p><strong>Oficial de Cumplimiento:<\/strong> es la persona natural designada por la empresa obligada que est\u00e1 encargada de promover, desarrollar y velar por el cumplimiento de las pol\u00edticas y los procedimientos espec\u00edficos de prevenci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y mitigaci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p><strong>Operaci\u00f3n Inusual:<\/strong> es aquella operaci\u00f3n irregular que por su cantidad o caracter\u00edsticas no es acorde a la actividad econ\u00f3mica que realiza la contraparte o se sale de los par\u00e1metros normales establecidos para esta o su industria.<\/p>\n<p><strong>Operaci\u00f3n Sospechosa:<\/strong> es aquella operaci\u00f3n que por su n\u00famero, cantidad o caracter\u00edsticas no se enmarca dentro del sistema y pr\u00e1cticas normales del negocio, de una industria o de un sector determinado y, adem\u00e1s que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad que se trate, no ha podido ser razonablemente justificada.<\/p>\n<p><strong>PEP:<\/strong> sus siglas significan Personas Expuestas Pol\u00edticamente, es decir, son los servidores p\u00fablicos de cualquier sistema de nomenclatura y clasificaci\u00f3n de empleos de la administraci\u00f3n p\u00fablica nacional y territorial, cuando en los cargos que ocupen, tengan en las funciones del \u00e1rea a la que pertenecen o en las de la ficha del empleo que ocupan, bajo su responsabilidad directa o por delegaci\u00f3n, la direcci\u00f3n general, de formulaci\u00f3n de pol\u00edticas institucionales y de adopci\u00f3n de planes, programas y proyectos, el manejo directo de bienes, dineros o valores del Estado. Estos pueden ser a trav\u00e9s de ordenaci\u00f3n de gasto, contrataci\u00f3n p\u00fablica, gerencia de proyectos de inversi\u00f3n, pagos, liquidaciones, administraci\u00f3n de bienes muebles e inmuebles. Incluye tambi\u00e9n a las PEP Extranjeras y las PEP de Organizaciones Internacionales.<\/p>\n<p><strong>PEP de Organizaciones Internacionales:<\/strong> son aquellas personas naturales que ejercen funciones directivas en una organizaci\u00f3n internacional, tales como la Organizaci\u00f3n de Naciones Unidas, Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Organizaci\u00f3n de Estados Americanos, entre otros (vr.gr. directores, subdirectores, miembros de junta directiva o cualquier persona que ejerza una funci\u00f3n equivalente).<\/p>\n<p><strong>PEP Extranjeras:<\/strong> son aquellas personas naturales que desempe\u00f1an funciones p\u00fablicas prominentes y destacadas en otro pa\u00eds. En especial, las siguientes personas: (i) jefes de estado, jefes de gobierno, ministros, subsecretarios o secretarios de estado; (ii) congresistas o parlamentarios; (iii) miembros de tribunales supremos, tribunales constitucionales u otras altas instancias judiciales cuyas decisiones no admitan normalmente recurso, salvo en circunstancias excepcionales; (iv) miembros de tribunales o de las juntas directivas de bancos centrales; (v) embajadores; (vi) encargados de negocios; (vii) altos funcionarios de las fuerzas armadas; (viii) miembros de los \u00f3rganos administrativos, de gesti\u00f3n o de supervisi\u00f3n de empresas de propiedad estatal; (ix) miembros de familias reales reinantes; (x) dirigentes destacados de partidos o movimientos pol\u00edticos; y (xi) representantes legales, directores, subdirectores, miembros de la alta gerencia y miembros de la Junta de una organizaci\u00f3n internacional (vr.gr. jefes de estado, pol\u00edticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarqu\u00eda y altos ejecutivos de empresas estatales).<\/p>\n<p><strong>Pliego de Condiciones: <\/strong>Documentos que emite la entidad estatal donde se consignan los t\u00e9rminos de referencia de una licitaci\u00f3n y que son vendidos a las personas naturales o jur\u00eddicas interesadas en presentar propuestas, para que basados en ellos, presenten sus ofertas. Se denominan tambi\u00e9n T\u00e9rminos de Referencia.<\/p>\n<p><strong>Pol\u00edtica LA\/FT\/FP:<\/strong> son los lineamientos generales que debe adoptar cada Servicio Obligado para cumplir las condiciones de identificar, evaluar, prevenir y mitigar el Riesgo LA\/FT\/FP y los riesgos asociados. Cada una de las etapas y elementos del SARLAFT debe contar con un documento denominado Pol\u00edtica LA\/FT\/FP en el que se establezcan reglas claras y efectivamente aplicables. Las pol\u00edticas deben incorporarse en el manual de procedimientos que oriente la actuaci\u00f3n de los funcionarios de los servicios obligados para el funcionamiento del SARLAFT y establecer consecuencias y las sanciones frente a su inobservancia.<\/p>\n<p><strong>Productos:<\/strong> son los bienes y servicios que produce, comercializa, transforma u ofrece la Empresa o adquiere de un tercero.<\/p>\n<p><strong>40 Recomendaciones GAFI:<\/strong> son las recomendaciones dise\u00f1adas por el GAFI con sus notas interpretativas, para prevenir el Riesgo de LA\/FT\/FP, las cuales fueron objeto de revisi\u00f3n en febrero de 2012 y de actualizaci\u00f3n en julio de 2022.<\/p>\n<p><strong>SARLAFT:<\/strong> es el Sistema de Administraci\u00f3n de Riesgos de Lavado de Activos, Financiaci\u00f3n del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva. Mecanismo que permite a las entidades prevenir la p\u00e9rdida o da\u00f1o que pueden sufrir por su propensi\u00f3n a ser utilizadas como instrumento para el lavado de activos y\/o canalizaci\u00f3n de recursos hacia la realizaci\u00f3n de actividades terroristas, por sus clientes o usuarios.<\/p>\n<p><strong>Riesgo LA\/FT\/FP:<\/strong> es la posibilidad de p\u00e9rdida o da\u00f1o que puede sufrir una Empresa por su propensi\u00f3n a ser utilizada directamente o a trav\u00e9s de sus operaciones como instrumento para el Lavado de Activos y\/o canalizaci\u00f3n de recursos hacia la realizaci\u00f3n de actividades terroristas o el Financiamiento de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva, o cuando se pretenda el ocultamiento de Activos provenientes de dichas actividades. Las contingencias inherentes al LA\/FT\/FP se materializan a trav\u00e9s de riesgos tales como el Riesgo de Contagio, Riesgo Legal, Riesgo Operativo, Riesgo Reputacional y los dem\u00e1s a los que se expone la Empresa, con el consecuente efecto econ\u00f3mico negativo que ello puede representar para su estabilidad financiera, cuando es utilizada para tales actividades.<\/p>\n<p><strong>-Riesgo de Contagio:<\/strong> es la posibilidad de p\u00e9rdida que una empresa puede sufrir, directa o indirectamente, por una acci\u00f3n o experiencia de una Contraparte esta puede ser natural o jur\u00eddica y que pueda ejercer influencia en la empresa.<\/p>\n<p><strong>-Riesgo Legal: <\/strong>es la posibilidad de p\u00e9rdida en que incurre una Empresa al ser sancionada u obligada a indemnizar da\u00f1os como resultado del incumplimiento de normas o regulaciones y obligaciones contractuales. Surge tambi\u00e9n como consecuencia de fallas en los contratos y transacciones, derivadas de actuaciones malintencionadas, negligencia o actos involuntarios que afectan la formalizaci\u00f3n o ejecuci\u00f3n de contratos o transacciones.<\/p>\n<p><strong>-Riesgo Operativo:<\/strong> es la posibilidad de incurrir en p\u00e9rdidas por deficiencias, fallas o inadecuaciones, en el recurso humano, los procesos, la tecnolog\u00eda, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos. Esta definici\u00f3n incluye el Riesgo Legal y el Riesgo Reputacional, asociados a tales factores.<\/p>\n<p><strong>Riesgo Reputacional:<\/strong> es la posibilidad de p\u00e9rdida en que incurre una Empresa por desprestigio, mala imagen, publicidad negativa, cierta o no, respecto de la organizaci\u00f3n y sus pr\u00e1cticas de negocios, que cause p\u00e9rdida de clientes, disminuci\u00f3n de ingresos o procesos judiciales.<\/p>\n<p><strong>Riesgo Inherente:<\/strong> es el nivel de riesgo propio de la actividad, sin tener en cuenta el efecto de los controles.<\/p>\n<p><strong>Riesgo Residual:<\/strong> es el nivel resultante del riesgo despu\u00e9s de aplicar los controles.<\/p>\n<p><strong>SIREL:<\/strong> es el sistema de reporte en l\u00ednea administrado por la UIAF. Es una herramienta WEB que permite a las entidades reportantes cargar y\/o reportar en l\u00ednea la informaci\u00f3n de las obligaciones establecidas en la normativa de cada sector, de forma eficiente y segura, disponible las 24 horas del d\u00eda, 7 d\u00edas a la semana y 365 d\u00edas al a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>UIAF:<\/strong> es la Unidad de Informaci\u00f3n y An\u00e1lisis Financiero, Creada mediante la Ley 526 de 1999, y el organismo de INTELIGENCIA ECON\u00d3MICA Y FINANCIERA, que centraliza, sistematiza y analiza la informaci\u00f3n recaudada suministrada por las entidades reportantes y otras fuentes, para prevenir y detectar posibles operaciones de lavado de activos, y el financiamiento del terrorismo.<\/p>\n<h5>CONTENIDO \u00a0SARLAFT 2.0.<\/h5>\n<p>Custodiar Ltda., sujeto a la inspecci\u00f3n, vigilancia y control de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada atiende el lineamiento de implementar SARLAFT 2.0 mediante mecanismos eficaces que minimicen toda oportunidad a ser utilizadas en forma directa, es decir, a trav\u00e9s de sus accionistas, beneficiarios finales, administradores, empleados, proveedores y\/o clientes, como instrumento para el lavado de activos, canalizaci\u00f3n de recursos hacia la realizaci\u00f3n de actividades terroristas, financiaci\u00f3n de la proliferaci\u00f3n de \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0armas de destrucci\u00f3n masiva o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades.<\/p>\n<h5>CONTENIDO DEL SISTEMA DE ADMINISTRACI\u00d3N DE RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACI\u00d3N DEL TERRORISMO Y FINANCIACI\u00d3N DE LA PROLIFERACI\u00d3N DE ARMAS DE DESTRUCCI\u00d3N MASIVA SARLAFT 2.0<\/h5>\n<p>Custodiar Ltda., en cumplimiento de las disposiciones legales emitidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada implementa y pone en marcha\u00a0 SARLAFT 2.0 en los t\u00e9rminos previstos por el ente de control administrando los riesgos LA\/FT\/FP, para lo cual se debe analizar\u00e1 el tipo de negocio, la operaci\u00f3n, el tama\u00f1o, las \u00c1reas Geogr\u00e1ficas donde opera y dem\u00e1s caracter\u00edsticas particulares.<\/p>\n<p>Se cuenta con mecanismos equivalentes de evaluaci\u00f3n que nos permite identificar, medir, evaluar y monitorear riesgos de LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p>SARLAFT 2.0 es implementado y monitoreado conjuntamente por el Representante Legal y el Oficial de Cumplimiento.<\/p>\n<p>Para garantizar la efectividad de SARLAFT 2.0, es fundamental realizar un an\u00e1lisis detallado de la naturaleza del negocio, las operaciones, la escala y las regiones geogr\u00e1ficas en las que operamos, as\u00ed como otros rasgos distintivos que puedan influir en nuestra exposici\u00f3n a estos riesgos. Este enfoque permite a la empresa adaptar y ajustar las estrategias de mitigaci\u00f3n de manera continua, asegurando un cumplimiento riguroso y una protecci\u00f3n robusta contra actividades il\u00edcitas.<\/p>\n<p>La implementaci\u00f3n de SARLAFT 2.0 debe cumplirse de manera rigurosa y efectiva, aline\u00e1ndose con la Pol\u00edtica de Lavado de Activos, Financiaci\u00f3n del Terrorismo y Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva (LA\/FT\/FP), as\u00ed como con los procedimientos detallados para su dise\u00f1o, aprobaci\u00f3n, seguimiento, divulgaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, tal como se establece en este Manual.<\/p>\n<p>La organizaci\u00f3n se compromete a que este proceso se convierta en una norma de comportamiento esencial que oriente y gu\u00ede las acciones no solo del servicio supervisado, sino tambi\u00e9n de sus empleados, socios, directivos y otras partes relacionadas o interesadas. Este enfoque integral asegura que todos los involucrados act\u00faen en conformidad con los principios de \u00e9tica y cumplimiento normativo, fortaleciendo as\u00ed la cultura organizacional y la protecci\u00f3n contra los riesgos de LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p>La aprobaci\u00f3n del SARLAFT 2.0 es responsabilidad del m\u00e1ximo \u00f3rgano social lo cual queda registrado en acta de reuni\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>POL\u00cdTICA SARLAFT 2.0.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Entendemos la importancia de la Pol\u00edtica LA\/FT\/FP y los procedimientos de dise\u00f1o, aprobaci\u00f3n, seguimiento, divulgaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n incluidos en el manual de procedimientos establecidos por Custodiar Ltda., para el cumplimiento efectivo de SARLAFT 2.0 los cuales deben traducirse en una regla de conducta que oriente la actuaci\u00f3n de la empresa, sus empleados, asociados, administradores y dem\u00e1s vinculados o partes interesadas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>POL\u00cdTICA DE GESTI\u00d3N DE RIESGOS LA\/FT\/FP<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>., prestadora de servicios de vigilancia y seguridad privada establece buenas pr\u00e1cticas empresariales de prevenci\u00f3n y administraci\u00f3n del Riesgo LAFTFP con el prop\u00f3sito de minimizar la oportunidad de que la empresa sea utilizada como instrumento para el lavado de activos, canalizaci\u00f3n de recursos hacia la realizaci\u00f3n de actividades terroristas, financiaci\u00f3n de la proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades. Se considera las siguientes l\u00edneas orientadoras:<\/p>\n<ol>\n<li>Cumplir al marco de requisitos aplicables al sector, resaltando aquellos espec\u00edficos o relevantes.<\/li>\n<li>Atender las responsabilidades aplicables a la estructura organizacional SARLAFT 2.0 as\u00ed como de todos los empleados, para garantizar el cumplimiento de los reglamentos internos y la normativa relacionada con LA\/FT\/FP.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Incorporar mecanismos para desarrollar las fases del proceso de gesti\u00f3n de riesgos LA\/FT\/FP y aplicar de forma eficaz los controles pertinentes.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Realizar actividades que permitan fortalecer la cultura de gesti\u00f3n del riesgo de LA\/FT\/FP.<\/li>\n<li>Asignar recursos, competencias y capacidades para el eficaz funcionamiento del SARLAFT 2.0.<\/li>\n<li>Implementar acciones que permitan la mejora continua del sistema.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Esta pol\u00edtica establece directrices\u00a0 que orientan la conducta de los colaboradores, asociados, administradores y dem\u00e1s vinculados y partes interesadas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>C\u00d3DIGO DE \u00c9TICA<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Custodiar Ltda., en su c\u00f3digo de \u00e9tica incorpora las pol\u00edticas de prevenci\u00f3n LAFTFP, en materia de prevenci\u00f3n del lavado de activos, financiaci\u00f3n del terrorismo y Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva, lo cual nos permite orientar la actuaci\u00f3n de todas las personas que realizan labores en nombre de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El c\u00f3digo de \u00e9tica no solo detalla c\u00f3mo debe funcionar el SARLAFT 2.0 dentro de la empresa, sino que tambi\u00e9n informa sobre las <strong>consecuencias del incumplimiento<\/strong> de estas normas, resaltando la importancia de adoptar pr\u00e1cticas empresariales responsables y \u00e9ticas. As\u00ed, se refuerza el compromiso de la organizaci\u00f3n con la integridad y el cumplimiento normativo, promoviendo una cultura corporativa basada en principios s\u00f3lidos de \u00e9tica y responsabilidad social.<\/p>\n<p><strong>ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL SARLAFT 2.0.<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>RESPONSABILIDADES DEL M\u00c1XIMO \u00d3RGANO SOCIAL O JUNTA DIRECTIVA <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Aprobar la Pol\u00edtica LA\/FT\/FP.<\/li>\n<li>Aprobar el C\u00f3digo de conducta de la organizaci\u00f3n en materia de LA\/FT\/FP.<\/li>\n<li>Aprobar el SARLAFT 2.0.- y sus actualizaciones, presentadas por el Representante Legal y el Oficial de Cumplimiento.<\/li>\n<li>Aprobar el Manual de Procedimientos SARLAFT 2.0.- y sus actualizaciones.<\/li>\n<li>Seleccionar y designar al Oficial de Cumplimiento y su respectivo suplente.<\/li>\n<li>Analizar oportunamente los informes sobre el funcionamiento del SARLAFT 2.0.- sobre las propuestas de correctivos y actualizaciones que presente el Oficial de Cumplimiento, y tomar decisiones respecto de la totalidad de los temas all\u00ed tratados. Esto deber\u00e1 constar en las actas del \u00f3rgano correspondiente.<\/li>\n<li>Analizar oportunamente los reportes y solicitudes presentados por el representante legal.<\/li>\n<li>Ordenar y garantizar los recursos t\u00e9cnicos, log\u00edsticos y humanos necesarios para implementar y mantener en funcionamiento el SARLAFT 2.0.- seg\u00fan los requerimientos que para el efecto realice el Oficial de Cumplimiento.<\/li>\n<li>Aprobar los criterios para aprobar la vinculaci\u00f3n de Contraparte cuando sea una PEP.<\/li>\n<li>Establecer pautas y determinar los responsables de realizar auditor\u00edas sobre el cumplimiento y efectividad del SARLAFT 2.0.- en caso de que as\u00ed lo determine.<\/li>\n<li>Constatar que el Oficial de Cumplimiento y el representante legal desarrollen las actividades designadas en esta Circular.<\/li>\n<li>Otorgar autonom\u00eda al oficial de cumplimiento para la toma de decisiones de gesti\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>\u00a0<strong>RESPONSABILIDADES DEL REPRESENTANTE LEGAL<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Presentar junto con el Oficial de Cumplimiento, para aprobaci\u00f3n del m\u00e1ximo \u00f3rgano social, el sistema SARLAFT 2.0 y sus actualizaciones, as\u00ed como su respectivo manual de procedimientos.<\/li>\n<li>Estudiar los resultados de la evaluaci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP efectuada por el Oficial de Cumplimiento y establecer los planes de acci\u00f3n que correspondan.<\/li>\n<li>Asignar de manera eficiente los recursos t\u00e9cnicos y humanos, determinados por el m\u00e1ximo \u00f3rgano social, necesarios para implementar el SARLAFT 2.0.<\/li>\n<li>Verificar que el Oficial de Cumplimiento cuente con la disponibilidad y capacidad necesaria para desarrollar sus funciones.<\/li>\n<li>Prestar efectivo, eficiente y oportuno apoyo al Oficial de Cumplimiento en el dise\u00f1o, direcci\u00f3n, supervisi\u00f3n y monitoreo del SARLAFT 2.0.<\/li>\n<li>Asegurarse de que las actividades que resulten del desarrollo del SARLAFT 2.0 se encuentran debidamente documentadas, de modo que se permita que la informaci\u00f3n responda a unos criterios de integridad, confiabilidad, disponibilidad, cumplimiento, efectividad, eficiencia y confidencialidad.<\/li>\n<li>Certificar ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada el cumplimiento de lo previsto en las circulares vigentes, cuando sea requerido.<\/li>\n<li>El Representante legal propondr\u00e1 la persona que ocupar\u00e1 la funci\u00f3n de Oficial de Cumplimiento, para la designaci\u00f3n por parte del m\u00e1ximo \u00f3rgano social.<\/li>\n<li>Certificar que el Oficial de Cumplimiento y su suplente, cumplen con los requisitos exigidos en la presente circular e informar por escrito a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, dentro de los quince (15) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la designaci\u00f3n, el nombre, n\u00famero de identificaci\u00f3n, correo electr\u00f3nico y n\u00famero de tel\u00e9fono del Oficial de Cumplimiento principal y suplente.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>\u00a0<\/strong><strong>OFICIAL DE CUMPLIMIENTO<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El Oficial de Cumplimiento participar\u00e1 en los procedimientos de dise\u00f1o, direcci\u00f3n, implementaci\u00f3n, auditor\u00eda, verificaci\u00f3n del cumplimiento y\u00a0 monitoreo del SARLAFT 2.0 y estar\u00e1 en capacidad de tomar decisiones frente a la gesti\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p>Tendr\u00e1 el apoyo requerido por el m\u00e1ximo \u00f3rgano social de Custodiar Ltda., brindando un apoyo efectivo y los recursos humanos, f\u00edsicos, financieros y t\u00e9cnicos necesarios para llevar a cabo la implementaci\u00f3n, auditor\u00eda y cumplimiento del SARLAFT 2.0.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>REQUISITOS M\u00cdNIMOS\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 PARA\u00a0\u00a0\u00a0 SER\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DESIGNADO\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 COMO\u00a0 OFICIAL\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DE CUMPLIMIENTO Y OFICIAL DE CUMPLIMIENTO SUPLENTE.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>El Oficial de Cumplimiento Principal y Oficial de Cumplimiento Suplente deben cumplir como con los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>\u00a0<\/strong>El Oficial de Cumplimiento y Oficial de Cumplimiento suplente deber\u00e1 acreditar conocimiento en materia de administraci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP demostrable a trav\u00e9s de especializaci\u00f3n o diplomados y acreditar experiencia m\u00ednima de seis (6) meses en el desempe\u00f1o de cargos relacionados con la administraci\u00f3n de riesgos LA\/FT\/FP.<\/li>\n<li>El Oficial de Cumplimiento y Oficial de Cumplimiento suplente deber\u00e1n acreditar constancia de realizaci\u00f3n de los cursos virtuales \u201ce-learning\u00bb publicados en la p\u00e1gina web de la Unidad de Informaci\u00f3n y An\u00e1lisis Financiero UIAF. La constancia de realizaci\u00f3n de los cursos deber\u00e1 ser informada a esta Superintendencia dentro de los (06) seis meses siguientes a la publicaci\u00f3n de la presente Circular.<\/li>\n<li>No pertenecer a la administraci\u00f3n o a los \u00f3rganos sociales, a la revisor\u00eda fiscal (fungir como revisor fiscal o estar vinculado a la empresa de revisor\u00eda fiscal que ejerce esta funci\u00f3n, si es el caso), o fungir como auditor interno, o quien ejecute funciones similares o haga sus veces en la Empresa Obligada.<\/li>\n<li>Estar domiciliado en Colombia.<\/li>\n<li>No fungir como Oficial de Cumplimiento en m\u00e1s de cinco (05) Empresas Obligadas.<\/li>\n<li>Ser nombrado por acta por parte del m\u00e1ximo \u00f3rgano social o junta directiva.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>RESPONSABILIDADES DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Velar por el cumplimiento efectivo, eficiente y oportuno del SARLAFT 2.0.<\/li>\n<li>Presentar informes de evaluaci\u00f3n y an\u00e1lisis sobre la eficiencia y efectividad del SARLAFT 2.0. de manera semestral.<\/li>\n<li>Promover la adopci\u00f3n de correctivos y actualizaciones al SARLAFT 2.0. cuando las circunstancias lo requieran y\/o una vez cada dos (2) a\u00f1os. Para ello, deber\u00e1 presentar al m\u00e1ximo \u00f3rgano social las propuestas y justificaciones de los correctivos y actualizaciones sugeridas al SARLAFT 2.0.<\/li>\n<li>Coordinar el desarrollo de programas internos de capacitaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Evaluar los informes presentados por la auditor\u00eda interna o quien ejecute funciones similares o haga sus veces.<\/li>\n<li>Certificar ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada el cumplimiento de lo previsto en la presente Circular, cuando as\u00ed lo requiera.<\/li>\n<li>Verificar el cumplimiento de los procedimientos de Debida Diligencia y Debida Diligencia Intensificada, aplicables al servicio.<\/li>\n<li>Velar por el adecuado archivo de los soportes documentales y dem\u00e1s informaci\u00f3n relativa a la gesti\u00f3n y prevenci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP.<\/li>\n<li>Dise\u00f1ar las metodolog\u00edas de identificaci\u00f3n, medici\u00f3n, control y monitoreo del Riesgo LA\/FT\/FP que formar\u00e1n parte del SARLAFT 2.0.<\/li>\n<li>Realizar la evaluaci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP a los que se encuentra expuesta el servicio obligado.<\/li>\n<li>Realizar el Reporte de las Operaciones Sospechosas ROS, Ausencia de Reporte de Operaciones Sospechosas AROS, Reportes Objetivos y Ausencia de Reportes Objetivos a la UIAF y cualquier otro reporte o informe exigido por las disposiciones legales vigentes, conforme lo establezca la normativa vigente.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>AUDITOR\u00cdA INTERNA.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Las auditor\u00edas sobre el cumplimiento y efectividad del SARLAFT 2.0 deben enfocarse en evaluar la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y procedimientos relacionados con la identificaci\u00f3n de las contrapartes, la aplicaci\u00f3n de la debida diligencia (descrita en este Manual), el monitoreo de transacciones y la capacitaci\u00f3n del personal.<\/p>\n<p>Estas auditor\u00edas deben realizarse al menos una vez al a\u00f1o, utilizando una metodolog\u00eda que incluya entrevistas, revisi\u00f3n de documentaci\u00f3n y pruebas de controles. Los hallazgos deben ser documentados en un informe que presente conclusiones y recomendaciones, as\u00ed como un plan de acci\u00f3n para abordar las deficiencias detectadas.<\/p>\n<p>Los responsables de llevar a cabo estas auditor\u00edas se realizar\u00e1n por una empresa de consultor\u00eda externa experta en el tema, apoy\u00e1ndose en las directrices de la norma ISO 19001:2018<\/p>\n<p>Anualmente en el programa de auditor\u00edas (m\u00ednimo una vez al a\u00f1o) se proyectar\u00e1 evaluaciones de cumplimiento con el fin de comprobar la efectividad y cumplimiento del SARLAFT 2.0 con el fin de determinar la existencia de deficiencias as\u00ed como oportunidades de mejora para el SARLAFT 2.0.<\/p>\n<p>El resultado de dichas auditor\u00edas internas debe ser comunicado al representante legal, al Oficial de Cumplimiento y al m\u00e1ximo \u00f3rgano social.<\/p>\n<p>El personal clave debe colaborar proporcionando la informaci\u00f3n necesaria, mientras que la alta direcci\u00f3n debe fomentar una cultura de cumplimiento, asegurando los recursos necesarios para la efectividad del SARLAFT 2.0.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>ETAPAS DEL SARLAFT 2.0.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El SARLAFT 2.0 contempla las siguientes etapas:<\/p>\n<ul>\n<li>Identificaci\u00f3n del Riesgo<\/li>\n<li>Medici\u00f3n o evaluaci\u00f3n del Riesgo<\/li>\n<li>Control del Riesgo<\/li>\n<li>Monitoreo del Riesgo<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>IDENTIFICACI\u00d3N DEL RIESGO LA\/FT\/FP:<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La identificaci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP permite a Custodiar Ltda., reconocer y evaluar los elementos de riesgo vinculados al Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo, y Financiamiento de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva (LA\/FT\/FP). Este proceso es fundamental para comprender el entorno de riesgo de la organizaci\u00f3n y tomar medidas proactivas para mitigarlo.<\/p>\n<p>El proceso de identificaci\u00f3n comienza con la clasificaci\u00f3n de los factores de riesgo LA\/FT\/FP, teniendo en cuenta la actividad econ\u00f3mica de la empresa, la relevancia de cada factor y su impacto potencial. Estos factores se especifican, segmentan y catalogan, permitiendo a la organizaci\u00f3n establecer m\u00e9todos eficaces para identificar riesgos espec\u00edficos de LA\/FT\/FP<\/p>\n<p>En la etapa de la identificaci\u00f3n el Riesgo LA\/FT\/FP, \u00a0se considerar\u00e1 lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Clasificar los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP de conformidad con la actividad econ\u00f3mica de Custodiar Ltda.<\/li>\n<li>Establecer, una vez sean identificados, individualizados, segmentados (registrar informaci\u00f3n en la Matriz de Segmentaci\u00f3n Contrapartes) y clasificados los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP, las metodolog\u00edas para identificar el riesgo espec\u00edfico de LA\/FT\/FP las cuales podr\u00edan ser: Consulta de las normas en Gesti\u00f3n de Riesgos: Norma ISO 31000 \u2013 ISO 31010 y otros documentos que se considere de aporte. &#8211; Consulta con expertos en el campo- An\u00e1lisis de datos internos \/ externos &#8211; Seguimiento y monitoreo de posibles cambios en el contexto.<\/li>\n<li>Establecer, una vez clasificados y segmentados los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP, las condiciones de tiempo, modo y lugar, as\u00ed como la relevancia y la prioridad con que se deben ejecutar las medidas de Debida Diligencia.<\/li>\n<li>Disponer e implementar los mecanismos y medidas que le permitan un adecuado conocimiento, identificaci\u00f3n e individualizaci\u00f3n de los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP que le resultan aplicables, las cuales podr\u00edan ser: Conocimiento cualquier persona natural o jur\u00eddica con la que la empresa tenga v\u00ednculos comerciales, de negocios, contractuales o jur\u00eddicos de cualquier orden (asociados, empleados, clientes, contratistas y proveedores de productos o servicios), An\u00e1lisis de comportamientos transaccionales de gran volumen o inusuales, an\u00e1lisis de la jurisdicci\u00f3n donde se desarrollen las operaciones de seguridad, debida diligencia y debida diligencia intensificada, estudio de clientes de alto riesgo, entre otros.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>MEDICI\u00d3N O EVALUACI\u00d3N DEL RIESGO LA\/FT\/FP<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La evaluaci\u00f3n del riesgo se debiera llevar a cabo de manera sistem\u00e1tica, iterativa y colaborativa, bas\u00e1ndose en el conocimiento y los puntos de vista de las partes interesadas. Se utilizar\u00e1 la mejor informaci\u00f3n disponible, complementada por investigaci\u00f3n adicional, si fuese necesario.<\/p>\n<p>En esta etapa se mide la probabilidad de ocurrencia del Riesgo Inherente frente a cada uno de los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP, as\u00ed como el impacto en caso de materializarse mediante los riesgos asociados. Estas mediciones podr\u00e1n ser de car\u00e1cter cualitativo o cuantitativo.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Metodolog\u00edas para la medici\u00f3n o evaluaci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP:<\/strong><strong>\u00a0<\/strong>Se utilizar\u00e1 la Matriz de Riesgo LAFTFP para cruzar la probabilidad de ocurrencia con el impacto potencial de cada Factor de Riesgo adem\u00e1s de la segmentaci\u00f3n \/ evaluaci\u00f3n geogr\u00e1fica que clasifica las ubicaciones de los clientes seg\u00fan su seguridad y un an\u00e1lisis sectorial que considera la vulnerabilidad inherente de cada industria. Estas metodolog\u00edas permitir\u00e1n obtener una visi\u00f3n integral de los riesgos, facilitando la implementaci\u00f3n de controles adecuados y decisiones informadas para mitigar posibles amenazas.<\/li>\n<li>En la Matriz de Riesgos LAFTFP se incluir\u00e1 mediciones del Riesgo LA\/FT\/FP de manera individual y consolidada frente a cada uno de los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP y los riesgos espec\u00edficos que fueron identificados.<\/li>\n<li>Se tendr\u00e1 en cuenta la evaluaci\u00f3n del Riesgo LA\/FT\/FP cuando Custodiar Ltda., incursione en nuevos mercados u ofrezca nuevos servicios.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>CONTROL DEL RIESGO LA\/FT\/FP:<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Se debe tomar las medidas razonables para el control del riesgo inherente al que se vean expuestas.<\/p>\n<p>Como resultado de la aplicaci\u00f3n de los controles respectivos, se establecer\u00e1 la capacidad de establecer el perfil de riesgo residual. El control debe traducirse en una disminuci\u00f3n de la posibilidad o probabilidad del riesgo LA\/FT\/FP o del impacto en caso de materializarse.<\/p>\n<p>Para controlar el riesgo LA\/FT\/FP, Custodiar Ltda., mantendr\u00e1 la matriz de riesgo LA\/FT\/FP para definir los mecanismos de control m\u00e1s adecuados y su aplicaci\u00f3n a los factores de riesgo LA\/FT\/FP identificados adem\u00e1s de:<\/p>\n<ol>\n<li>Se mantendr\u00e1n medidas razonables de control del Riesgo LA\/FT\/FP mediante una metodolog\u00eda integral que incluya procedimientos de debida diligencia, conocimiento de la contraparte y el monitoreo continuo de transacciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se mantendr\u00e1 las pol\u00edticas internas claras, capacitaci\u00f3n al personal en la prevenci\u00f3n y control de riesgos adem\u00e1s de auditor\u00edas peri\u00f3dicas manteniendo coordinaci\u00f3n con autoridades reguladoras para asegurar el cumplimiento normativo y la efectividad de las medidas adoptadas.<\/p>\n<ol>\n<li>Se aplicar\u00e1 las metodolog\u00edas a cada uno de los Factores de Riesgo LA\/FT\/FP.<\/li>\n<li>Mediante la Matriz de Segmentaci\u00f3n se clasificar\u00e1 y segmentar\u00e1 a las contrapartes. Para aquellos clasificados como de alto riesgo, se implementar\u00e1n controles m\u00e1s estrictos, como monitoreo en tiempo real y an\u00e1lisis detallado de transacciones, adem\u00e1s de monitoreo que permitan detectar montos o patrones inusuales. (Se debe capacitar continuamente al personal en la identificaci\u00f3n de estas operaciones).<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>MONITOREO DEL RIESGO LA\/FT\/FP<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Para monitorear el Riesgo LA\/FT\/FP, se considerar\u00e1 lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Realizar un seguimiento peri\u00f3dico y comparativo del Riesgo Inherente y Riesgo Residual de cada Factor de Riesgo LA\/FT\/FP y de los riesgos asociados.<\/li>\n<li>Como parte del proceso de seguimiento continuo se ha considerado los siguientes indicadores clave de rendimiento:<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Tasa de Cumplimiento de Debida Diligencia (DD)<\/strong><\/p>\n<p><strong>Objetivo:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Evaluar la efectividad en la identificaci\u00f3n y verificaci\u00f3n de las contrapartes.<\/p>\n<p><strong>KPI:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Porcentaje de clientes y contrapartes sujetos a debida diligencia seg\u00fan las<\/p>\n<p>regulaciones locales y normativas internas.<\/p>\n<p><strong>Meta:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Mantener una tasa de cumplimiento del 95% o superior.<\/p>\n<p><strong>N\u00famero de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) Presentados <\/strong><\/p>\n<p><strong>Objetivo:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Evaluar la efectividad en la detecci\u00f3n y presentaci\u00f3n de actividades sospechosas.<\/p>\n<p><strong>KPI:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Cantidad mensual o trimestral de ROS presentados a la Unidad de Informaci\u00f3n y<\/p>\n<p>An\u00e1lisis Financiero (UIAF).<\/p>\n<p><strong>Meta:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Cumplir con los requisitos de presentaci\u00f3n de ROS seg\u00fan la normativa vigente.<\/p>\n<p><strong>N\u00famero de Reportes (AROS) Presentados <\/strong><\/p>\n<p><strong>Objetivo:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Evaluar el oportuno reporte AROS<\/p>\n<p><strong>KPI: <\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Cantidad mensual o trimestral de AROS presentados a la Unidad de Informaci\u00f3n y An\u00e1lisis Financiero (UIAF).<\/p>\n<p><strong>Meta:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Cumplir con los requisitos de presentaci\u00f3n de AROS seg\u00fan la normativa vigente.<\/p>\n<p><strong>Cobertura de Capacitaci\u00f3n en Prevenci\u00f3n de LA\/FT\/FP<\/strong><\/p>\n<p><strong>Objetivo:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Medir la cobertura y efectividad de programas de capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>KPI:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Porcentaje de empleados capacitados en temas de prevenci\u00f3n de LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p><strong>Meta:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Alcanzar una cobertura del 100% de los empleados relevantes.<\/p>\n<p><strong>Eficacia de los Controles Internos<\/strong><\/p>\n<p><strong>Objetivo:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Evaluar la efectividad de los controles implementados para mitigar riesgos LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p><strong>KPI:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Resultados de auditor\u00edas internas y evaluaciones de controles relacionados con LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p><strong>Meta:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Mantener un nivel adecuado de cumplimiento con los est\u00e1ndares de controles internos.<\/p>\n<p><strong>Evaluaci\u00f3n del Riesgo Residual<\/strong><\/p>\n<p><strong>Objetivo:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Medir la reducci\u00f3n del riesgo residual despu\u00e9s de implementar medidas de mitigaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>KPI:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Evaluaci\u00f3n peri\u00f3dica del nivel de riesgo residual en relaci\u00f3n con actividades LA\/FT\/FP.<\/p>\n<p><strong>Meta:<\/strong> \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Reducir el riesgo residual a un nivel aceptable seg\u00fan el perfil de riesgo de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El cumplimiento y seguimiento de estos indicadores permite a Custodiar Ltda., la r\u00e1pida detecci\u00f3n y correcci\u00f3n de las deficiencias del SARLAFT 2.0., este se realiza de acuerdo con el perfil de Riesgo Residual LAFTFP<\/p>\n<ol>\n<li>Es importante asegurar que los controles sean integrales y se refieran a todos los riesgos, funcionado en forma oportuna, eficiente y de manera eficaz, se programan de manera peri\u00f3dica las evaluaciones por parte del Oficial de Cumplimiento LAFTFP adem\u00e1s de auditor\u00edas internas de manera anual seg\u00fan el programa de auditor\u00edas del sistema integrado de gesti\u00f3n.<\/li>\n<li>Con el fin de asegurar que los riesgos residuales se encuentren en los niveles de aceptaci\u00f3n establecidos por la organizaci\u00f3n el Oficial de Cumplimiento revisa y actualiza la Matriz de Riesgos LAFTFP m\u00ednimo cada seis (6) meses o cuando se considere oportuno luego de las revisiones internas, eventos del contexto o cuando se ofrezca nuevos servicio o cuando considere oportuno.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>PROCEDIMIENTOS SARLAFT 2.0.<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>\u00a0<\/strong><strong>PROCEDIMIENTO DE CONOCIMIENTO DEL CLIENTE<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El formato de vinculaci\u00f3n de contraparte incluye la siguiente informaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>PARA PERSONAS JUR\u00cdDICAS<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Raz\u00f3n social<\/li>\n<li>N\u00famero de identificaci\u00f3n tributaria \u2014 NIT<\/li>\n<li>Certificado de existencia y representaci\u00f3n legal con fecha de expedici\u00f3n no mayor a un mes.<\/li>\n<li>Actividad econ\u00f3mica.<\/li>\n<li>Declaraci\u00f3n de origen de los bienes y\/o fondos o declaraci\u00f3n de las razones de la necesidad del servicio requerido, seg\u00fan el caso (puede ser un anexo).<\/li>\n<li>Domicilio, direcci\u00f3n y tel\u00e9fono<\/li>\n<li>Nombre completo e identificaci\u00f3n, direcci\u00f3n y tel\u00e9fono de su representante legal y\/o apoderado.<\/li>\n<li>Composici\u00f3n accionaria y socios mayoritarios.<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n financiera y patrimonial: estados financieros, declaraci\u00f3n de renta, valor de los ingresos mensuales y origen de los recursos empleados en las operaciones realizadas a trav\u00e9s de la transportadora.<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n sobre las cuentas que posea en entidades financieras (tipo de producto, n\u00famero del producto y nombre de la entidad).<\/li>\n<li>Manifestaci\u00f3n sobre la realizaci\u00f3n de actividades en moneda extranjera o activos virtuales.<\/li>\n<li>Firma y huella del solicitante<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>PARA PERSONA NATURAL NACIONAL O EXTRANJERA:<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Nombre, n\u00famero y tipo de documento de identificaci\u00f3n<\/li>\n<li>Lugar y fecha de nacimiento.<\/li>\n<li>Actividad econ\u00f3mica<\/li>\n<li>Declaraci\u00f3n de origen de los bienes y\/o fondos, seg\u00fan el caso (puede ser un anexo).<\/li>\n<li>Domicilio, direcci\u00f3n y tel\u00e9fono<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n financiera y patrimonial, estados financieros, declaraci\u00f3n de renta, valor de los ingresos mensuales y origen de los recursos empleados en las operaciones realizadas a trav\u00e9s de la empresa.<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n sobre las cuentas que posea en entidades financiera (tipo del producto, n\u00famero del producto y nombre de la entidad)<\/li>\n<li>Manifestaci\u00f3n sobre la realizaci\u00f3n de actividades en moneda extranjera o activos virtuales<\/li>\n<li>Firma y huella del solicitante.<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>PROCEDIMIENTOS DE DEBIDA DILIGENCIA Y DEBIDA DILIGENCIA INTENSIFICADA.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Para definir su alcance, Custodiar Ltda., adopta un enfoque basado en el riesgo, considerando la materialidad y las caracter\u00edsticas espec\u00edficas de las actividades de vigilancia y seguridad privada.<\/p>\n<p>Se eval\u00faa las operaciones, productos y contratos que realicen o planeen implementar, as\u00ed como las contrapartes, las regiones donde operen, los canales utilizados y otros aspectos particulares. El Lider de Proceso (Comercial \u2013 Compras) asegura que la Debida Diligencia sea adecuada a la naturaleza del negocio.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>DEBIDA DILIGENCIA.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>En cada una de sus operaciones Custodiar Ltda., adopta medidas razonables de debida diligencia de la contraparte, con un enfoque basado en riesgo y la materialidad de este.<\/p>\n<p>Para tal efecto, deben adoptar las siguientes medidas m\u00ednimas conforme a la materialidad, entre otras:<\/p>\n<ol>\n<li>Identificar a la Contraparte y verificar su identidad utilizando documentos, datos o informaci\u00f3n confiable, de fuentes independientes.<\/li>\n<li>Identificar al Beneficiario Final de la Contraparte y tomar Medidas Razonables para verificar su identidad.<\/li>\n<li>Trat\u00e1ndose de Personas Jur\u00eddicas, se deben tomar Medidas Razonables para conocer la estructura de su propiedad con el fin de obtener el nombre y el n\u00famero de identificaci\u00f3n de los Beneficiarios Finales, haciendo uso de las herramientas de que disponga. Las medidas tomadas deben ser proporcionales al nivel del riesgo y su materialidad o complejidad inducida por la estructura de titularidad de la sociedad mercantil o la naturaleza de los asociados mayoritarios.<\/li>\n<li>Entender, y cuando corresponda, obtener informaci\u00f3n sobre el prop\u00f3sito y el car\u00e1cter que se pretende dar a la relaci\u00f3n comercial.<\/li>\n<li>Realizar una Debida Diligencia continua de la relaci\u00f3n comercial y examinar las transacciones llevadas a cabo a lo largo de esa relaci\u00f3n para asegurar que las transacciones que se realicen sean consistentes con el conocimiento que tienen los servicios obligados sobre la Contraparte, su actividad comercial y el perfil de riesgo, incluyendo, cuando sea necesario, el origen de los fondos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En el evento en que se identifique o verifique cualquier bien, activo, producto, fondo o derecho de titularidad a nombre o bajo la administraci\u00f3n o control de cualquier pa\u00eds, persona o entidad incluida en estas Listas Vinculantes, el Oficial de Cumplimiento, de manera inmediata, deber\u00e1 reportarlo a la UIAF y ponerlo en conocimiento de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n se enviar\u00e1 a la UIAF a trav\u00e9s del aplicativo SIREL 3.0 como reporte de ROS de listas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>DEBIDA DILIGENCIA INTENSIFICADA.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El proceso de Debida Diligencia Intensificada implica un conocimiento avanzando de la Contraparte y del origen de los fondos que se reciben, o la necesidad del servicio que se requiere, que incluye actividades adicionales a las llevadas a cabo en la Debida Diligencia. Estos procedimientos deben:<\/p>\n<ol>\n<li>Aplicarse a aquellas Contrapartes que (i) los servicios obligados consideren que representan un mayor riesgo; (ii) a los PEP; y (iii) Aquellas ubicadas en pa\u00edses no cooperantes y jurisdicciones de alto riesgo.<\/li>\n<li>Ser aplicados por todos los servicios obligados que desarrollen actividades con activos virtuales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para el conocimiento de PEP, estos implican una Debida Diligencia Intensificada, pues deben ser m\u00e1s estrictos y exigir mayores controles. Se deben mantener mecanismos que permitan identificar que una Contraparte o su Beneficiario Final detentan la calidad de PEP.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de las medidas comunes de procedimiento de conocimiento de la Contraparte, los servicios obligados en el proceso de Debida Diligencia Intensificada deben: (i) obtener la aprobaci\u00f3n de la instancia o empleado de jerarqu\u00eda superior para la vinculaci\u00f3n o para continuar con la relaci\u00f3n contractual; (ii) adoptar medidas razonables para establecer el origen de los recursos; y (iii) realizar un monitoreo continuo e intensificado de la relaci\u00f3n contractual.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>APROBACI\u00d3N PEP<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Cuando se requiere la vinculaci\u00f3n con una Contraparte que sea una Persona Expuesta Pol\u00edticamente (PEP), se debe adoptar medidas adicionales y con mayor intensidad para el conocimiento de la contraparte, de su negocio, operaciones, productos y el volumen de sus transacciones, se establecer\u00e1 relaciones comerciales con estas contrapartes con la aprobaci\u00f3n expresa de la instancia o empleado de jerarqu\u00eda superior.<\/p>\n<p>Cuando una contraparte ha sido aceptada y posteriormente se determina que la contraparte o beneficiario final de un producto o l\u00ednea de negocio es, o pasa a ser una PEP o una contraparte de Alto Riesgo, se debe contar con la aprobaci\u00f3n expresa de la instancia o empleado de jerarqu\u00eda superior para continuar con la relaci\u00f3n comercial<\/p>\n<p>Los criterios suelen ser m\u00e1s rigurosos debido al mayor riesgo de corrupci\u00f3n, lavado de dinero o financiamiento del terrorismo asociado con estas figuras pol\u00edticas, se debe considerar los siguientes pasos:<\/p>\n<ul>\n<li>Cuando se identifica que la contraparte o beneficiario final de un producto o l\u00ednea de negocio es, o pasa a ser una PEP se debe solicitar v\u00eda correo electr\u00f3nico al Oficial de Cumplimiento antes de la aprobaci\u00f3n o vinculaci\u00f3n de la contraparte que se realice la debida diligencia intensificada.<\/li>\n<li>El Oficial de Cumplimiento informa aprobaci\u00f3n expresa de la instancia o empleado de jerarqu\u00eda superior.<\/li>\n<li>El Oficial de Cumplimiento realiza una debida diligencia intensificada (con mayor intensidad para el conocimiento de la contraparte, de su negocio, operaciones, productos y el volumen de sus transacciones)<\/li>\n<li>El Oficial de Cumplimiento presenta en un m\u00e1ximo de 3 d\u00edas h\u00e1biles, despu\u00e9s de recibida la solicitud, al Representante Legal el an\u00e1lisis realizado a la contraparte considerado como PEP y\/o de Alto Riesgo y la aplicaci\u00f3n de la Debida Diligencia Intensificada, ya sea para la vinculaci\u00f3n o la no continuaci\u00f3n de la relaci\u00f3n comercial con la Entidad.<\/li>\n<li>De aprobarse la vinculaci\u00f3n de la contraparte PEP y\/o de Alto Riesgo, se debe notificar al L\u00edder del Proceso de Custodiar Ltda., solicitante y de manera interna para continuar con la formalizaci\u00f3n de la operaci\u00f3n. En caso de que la contraparte no se apruebe no se contin\u00faa con la vinculaci\u00f3n de esta adem\u00e1s:<\/li>\n<li>Se debe tomar medidas razonables para determinar cu\u00e1l es el origen de los recursos.<\/li>\n<li>Se debe realizar un monitoreo continuo e intensificado de la relaci\u00f3n contractual.<\/li>\n<li>Se debe reunir suficiente informaci\u00f3n de una contraparte nueva y verificar la informaci\u00f3n disponible p\u00fablicamente, con el fin de establecer si la contraparte es o no una Persona Expuesta Pol\u00edticamente y\/o de Alto Riesgo.<\/li>\n<li>Se puede practicar una visita a las potenciales contrapartes identificados como PEP\u2019s y de Alto Riesgo, seg\u00fan lo disponga el Oficial de Cumplimiento junto con el Representante Legal.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>DOCUMENTACI\u00d3N DE LAS ACTIVIDADES DEL SARLAFT 2.0.<\/strong><\/p>\n<p>Las actividades realizadas para la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del SARLAFT 2.0 deben estar respaldadas por documentos y registros que aseguren la integridad, puntualidad, confiabilidad, seguridad, disponibilidad y no repudio de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n proporcionada por la Contraparte, en el marco del proceso de Debida Diligencia y Debida Diligencia Intensificada, as\u00ed como el nombre de la persona que la valid\u00f3, debe quedar debidamente registrada con fecha y hora para garantizar la acreditaci\u00f3n de la diligencia adecuada y oportuna. La implementaci\u00f3n del SARLAFT 2.0 por parte de los sujetos obligados debe cumplir con las normativas legales sobre protecci\u00f3n de datos personales establecidas en las Leyes 1266 de 2008, 1581 de 2012 y otras disposiciones pertinentes.<\/p>\n<p>Los documentos de soporte tambi\u00e9n deben conservarse seg\u00fan lo indicado en el art\u00edculo 28 de la Ley 962 de 2005, o la normativa que la modifique o reemplace.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>DIVULGACI\u00d3N Y CAPACITACI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El SARLAFT 2.0 deber\u00e1 ser divulgado a todas las partes interesadas, en la forma y frecuencia para asegurar su adecuado cumplimiento, como m\u00ednimo una (1) vez al a\u00f1o.<\/p>\n<p>Custodiar Ltda., asegurar\u00e1 la capacitaci\u00f3n a aquellos empleados, asociados y en general a todas las partes interesadas que considere que deban conocer el SARLAFT 2.0, de acuerdo al programa de capacitaci\u00f3n con el prop\u00f3sito de asegurar su adecuado cumplimiento.<\/p>\n<h5>REPORTES A LA UNIDAD DE AN\u00c1LISIS FINANCIERO UIAF<\/h5>\n<ul>\n<li><strong>REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS (ROS) POR PARTE DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Custodiar Ltda., reportar\u00e1 a la UIAF, todas las Operaciones Sospechosas que detecten en el giro ordinario de sus negocios o actividades. El reporte deber\u00e1 hacerse de manera inmediata y con naturaleza de ROS, a trav\u00e9s del SIREL, conforme a las instrucciones se\u00f1aladas por la UIAF en el \u201cManual de usuario SIREL\u201d o el Anexo T\u00e9cnico que est\u00e1 definido.<\/p>\n<p>El Oficial de Cumplimiento para el caso de los servicios obligados debe registrarse en el SIREL administrado por la UIAF. Para lo anterior, dicho funcionario deber\u00e1 solicitar ante la UIAF, el usuario y contrase\u00f1a siguiendo las instrucciones del Manual del Usuario SIREL definido por la UIAF.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n de un ROS se realiza de manera reservada, no son denuncias penales, ni se tiene que tener la certeza del delito y no genera ning\u00fan tipo de responsabilidad.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>REPORTE AROS <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Si durante el mes de reporte no es identificada una Operaci\u00f3n Sospechosa, el Oficial de Cumplimiento dentro de los diez (10) d\u00edas calendario siguientes al vencimiento del respectivo mes, deber\u00e1 enviar un reporte de \u201cAusencia de ROS\u201d o\u00a0 \u201cAROS\u201d a\u00a0 trav\u00e9s\u00a0 del SIREL, de acuerdo con los instructivos de esa plataforma y definidos por la UIAF.<\/p>\n<h5>REPORTES OBJETIVOS A LA UIAF<\/h5>\n<ul>\n<li><strong>Reporte de Transacciones en Efectivo por parte de los servicios de vigilancia y seguridad privada obligados en la presente Circular.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>De manera mensual se debe reportar mediante el SIREL el informe mensual sobre Transacciones en Efectivo de conformidad con el Anexo T\u00e9cnico 3 con los montos e indicaciones se\u00f1alados en el correspondiente instructivo.<\/p>\n<p>Se entender\u00e1 por transacciones en efectivo, todas aquellas transacciones que, en desarrollo del giro ordinario de los negocios de los clientes, involucren entrega o recibo de dinero en billetes y\/o en monedas nacional o extranjera. El reporte de transacciones en efectivo se compone de:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Reporte de Transacciones Individuales en Efectivo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Reporte de las transacciones individuales en efectivo iguales o superiores a DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) en moneda legal o su equivalente en otras monedas, indicando la taza de conversi\u00f3n del d\u00eda que se realice la operaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>Reporte de Transacciones M\u00faltiples en efectivo para servicios de vigilancia y seguridad privada.<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Reporte de todas las transacciones en efectivo que se realicen en una o varias oficinas, durante un (1) mes calendario, por o en beneficio de un mismo cliente o usuario y que en su conjunto igualen o superen los cincuenta millones de pesos ($50.000.000) en moneda legal o su equivalente en otras monedas, indicando la taza de conversi\u00f3n del d\u00eda que se realice la operaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong>Reporte interno de transacciones en efectivo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Reporte de todas las transacciones internas en efectivo superiores a DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) en moneda legal o su equivalente en otras monedas, indicando la taza de conversi\u00f3n del d\u00eda que se realice la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se entiende por transacci\u00f3n en efectivo, todas aquellas operaciones internas que realice la sociedad a sus socios o viceversa, los socios entre s\u00ed, grupos empresariales, conglomerados, controlantes, matrices, subordinadas, filiales, sucursales de sociedad extranjera, as\u00ed como aquellas que tengan prop\u00f3sito y direccionamiento com\u00fan o situaci\u00f3n de control.<\/p>\n<p>Si dentro de uno de los meses del a\u00f1o, no se ha determinado la existencia de transacciones en efectivo con las caracter\u00edsticas mencionadas, Custodiar Ltda., deber\u00e1 informar de este hecho a la UIAF dentro de los diez (10) primeros d\u00edas calendario siguientes al mes respectivo a trav\u00e9s del reporte de ausencia de transacciones en efectivo de acuerdo con lo establecido en el Anexo T\u00e9cnico definido por la UIAF.<\/p>\n<h5>SANCIONES<\/h5>\n<p>El incumplimiento de las disposiciones en materia de Prevenci\u00f3n del Lavado de Activos, Financiaci\u00f3n del Terrorismo y Financiaci\u00f3n de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva dar\u00e1 lugar por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a la imposici\u00f3n de las sanciones administrativas establecidas en el art\u00edculo 76 del Decreto Ley 356 de 1994.<\/p>\n<p>La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada dar\u00e1 inicio al proceso administrativo sancionatorio por un presunto incumplimiento a la ley, normas, directrices, ordenes e instrucciones impartidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada conforme al procedimiento establecido en el art\u00edculo 47 del C\u00f3digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TIPOLOGIA LAFT-FP<\/strong><\/p>\n<p>El Grupo de Acci\u00f3n Financiera Internacional (GAFI) define las tipolog\u00edas como la \u201cClasificaci\u00f3n y descripci\u00f3n de las t\u00e9cnicas utilizadas por las organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a los fondos de procedencia l\u00edcita o il\u00edcita, y transferirlos de un lugar a otro o entre personas para financiar sus actividades criminales. Cuando una serie de esquemas de LA o financiamiento del terrorismo (FT) parecen estar construidos de manera similar, o usan los mismos m\u00e9todos, pueden ser clasificados como una tipolog\u00eda\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>TIPOLOG\u00cdA N\u00b0 1: CONTRABANDO DE MEDIOS TECNOL\u00d3GICOS EN EL SECTOR DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n El contrabando es una tipolog\u00eda del lavado de activos, por el cual se comercializan bienes o mercanc\u00edas que han ingresado al territorio nacional, las cuales son introducidas al pa\u00eds a trav\u00e9s de la modalidad de contrabando abierto o t\u00e9cnico, utilizando diferentes estrategias con el fin de darles apariencia de legalidad.<\/p>\n<p>La finalidad de este tipo de operaci\u00f3n en el sector de Vigilancia y Seguridad Privada consiste en ingresar a Colombia mercanc\u00edas a un precio m\u00e1s econ\u00f3mico adquiridas en el exterior y\/o en el mercado nacional por medio de transferencias de recursos mediante triangulaci\u00f3n de las mismas, import\u00e1ndolas directamente, o por medio de una comercializadora local, para ser utilizados en la prestaci\u00f3n de servicios de las empresas Vigiladas por La Entidad. Las Importaciones de bienes con un precio inferior al registrado en el mercado conllevan a una disminuci\u00f3n por concepto de pago de impuestos, como consecuencia se deja de recaudar dinero para la inversi\u00f3n en los sectores m\u00e1s importantes de la econom\u00eda como lo son, el sector Salud y de Educaci\u00f3n, esto evita que las condiciones en dichos sectores mejoren la calidad de vida y el bienestar de la poblaci\u00f3n colombiana.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>Se\u00f1ales de alerta:<\/h5>\n<p>Empresas con mayor participaci\u00f3n en el mercado, generando un aumento de competencia desleal del sector. Por la comercializaci\u00f3n de bienes y productos tecnol\u00f3gicos a precios m\u00e1s econ\u00f3micos generando p\u00e9rdidas para el sector.<\/p>\n<p>Se observan movimientos de transferencias recibidas y remitidas a las cuentas particulares de las personas vinculadas de la empresa por montos considerables que no guardan relaci\u00f3n con el perfil econ\u00f3mico de las mismas. (Representante legal, Socios, Accionistas y\/o funcionarios).<\/p>\n<p>Cuentas que registran movimientos financieros que no guardan relaci\u00f3n con el giro de su actividad econ\u00f3mica; por ejemplo, la empresa refleja la inconsistencia entre el movimiento total de dinero y los gastos incurridos por la misma, resaltando una importante diferencia denominada.<\/p>\n<p><strong> \u00a8INGRESO DE FUENTES DE ORIGEN DESCONOCIDO\u00a8.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Creaci\u00f3n de empresas fachadas para dar apariencia de legalidad en la importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes y productos tecnol\u00f3gicos para el sector de vigilancia, incurriendo a la presentaci\u00f3n de documentaci\u00f3n y registros falsos de los perpetradores del il\u00edcito.<\/p>\n<p>La empresa no registra en sus movimientos bancarios transferencias, debido a que las transacciones son realizadas al contado y en efectivo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4>TIPOLOG\u00cdA N\u00b0 2: SOBORNO EN EMPRESAS DE VIGILANVCIA Y SEGURIDAD PRIVADA POR PARTE DE GRUPOS DELICTIVOS<\/h4>\n<p>Descripci\u00f3n En el territorio nacional, hay diversas empresas de vigilancia y seguridad privada como consorcios y multinacionales, que pueden inferir en las decisiones comerciales dentro del espacio geogr\u00e1fico enmarcado en el conflicto armado y cultivos il\u00edcitos; para dichas empresas, las variables de riesgo LA\/FT se incrementan, ya que estos grupos ejercen influencia sobre directivos y empleados de las mismas, generando sobornos que pueden ser: monetarios, regalos, contribuciones pol\u00edticas o patrocinios a cambio de una contraprestaci\u00f3n que beneficie a dichos grupos delictivos, este tipo de actividades generan inseguridad y aumenta el desarrollo funcional de la organizaci\u00f3n delictiva aumentando el crecimiento financiero de las mismas, dando apariencia de legalidad a dicha actividad econ\u00f3mica brindando as\u00ed contribuciones a quienes los representan, con el objeto de realizar LA\/FT.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>Se\u00f1ales de alerta<\/h5>\n<ul>\n<li>Cambios evidentes del nivel de vida de los directivos que participan en la cadena de suministros de la empresa.<\/li>\n<li>Rotaci\u00f3n constante del personal encargado de contrataci\u00f3n y revisi\u00f3n financiera.<\/li>\n<li>Se evidencia que no se realiza auditorias acordes y en tiempos estipulados para detenci\u00f3n de irregularidades.<\/li>\n<li>Aumentos inesperados de ingresos operacionales de la empresa en un corto plazo.<\/li>\n<li>Omisi\u00f3n de la informaci\u00f3n financiera y evasi\u00f3n de responsabilidades legales (impuestos, informaci\u00f3n, documentos, etc.)<\/li>\n<\/ul>\n<h5>TIPOLOG\u00cdA N\u00b0 3: CORRUPCI\u00d3N, TR\u00c1FICO DE INFLUENCIAS Y COHECHO EN EMPRESAS DE VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES<\/h5>\n<p>Descripci\u00f3n Corrupci\u00f3n, tr\u00e1fico de influencia y cohecho son acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley \u201cCorrupci\u00f3n en la vida p\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p>Nuestras empresas de vigilancia y transporte de valores se ven involucradas en esta actividad de Lavado de Activos cuando dan una apariencia de origen leg\u00edtimo o l\u00edcito a bienes &#8211; dinerarios o no, que en realidad son productos o \u00abganancias\u00bb de delitos como: Tr\u00e1fico il\u00edcito de drogas, Trata de Personas, Corrupci\u00f3n, secuestros y otros. Para mantenerlas a costa de \u00abtodo y todos\u00bb nuestras empresas de vigilancia y transporte de valores se ven involucradas con temas de corrupci\u00f3n ya que es un aliado en la b\u00fasqueda de nuevos contratos a trav\u00e9s de dineros il\u00edcitos que financian otros delitos. Nuestras empresas vigilancia y transportadoras de valores se ven involucradas con esta tipolog\u00eda a trav\u00e9s de contratos que pactan con autoridades o funcionario p\u00fablico y en provecho propio o de un tercero, por s\u00ed o por persona interpuesta, de una d\u00e1diva, favor o retribuci\u00f3n de cualquier clase a cambio de un beneficio personal, tambi\u00e9n cuando acepta ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>Se\u00f1ales de alerta<\/h5>\n<ul>\n<li>Incremento de la adjudicaci\u00f3n de contratos a su favor, por la misma \u00e1rea o persona.<\/li>\n<li>Incremento en las cuentas de un funcionario p\u00fablico.<\/li>\n<li>Afectaci\u00f3n a las empresas peque\u00f1as.<\/li>\n<li>Incremento en la ganancia de la empresa.<\/li>\n<li>Gastos injustificados en la operaci\u00f3n de la empresa.<\/li>\n<li>Cambio del nivel de vida del funcionario p\u00fablico.<\/li>\n<li>No prestar bien el servicio contratado.<\/li>\n<li>Incumplimiento del contrato.<\/li>\n<li>Investigaci\u00f3n en cursos de las personas licitantes.<\/li>\n<li>Notificaci\u00f3n a trav\u00e9s de listas o noticias.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4>TIPOLOG\u00cdA N\u00b04 : TR\u00c1FICO DE ARMAS EN EL SECTOR DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA<\/h4>\n<p>Descripci\u00f3n Este tipo de delito se desarrolla actualmente en las empresas por medio del comercio de armas, a trav\u00e9s de tres tipos de mercados: el mercado blanco; el mercado gris y el mercado negro. El tr\u00e1fico de armas es uno de los comercios ilegales m\u00e1s extendidos y lucrativos; esta Tipolog\u00eda hace referencia a generar una apariencia de legalidad a las actividades de lavado de activos y financiaci\u00f3n del terrorismo en el sector de vigilancia y seguridad privada.<\/p>\n<p>Los Vigilados cuentan con permisos especiales para la adquisici\u00f3n de armamento. Sin embargo, empleados corruptos de la empresa realizan operaciones fraudulentas con apariencia de legalidad, como el reporte de p\u00e9rdida o robo de armamento a la Entidad, para venderlas a grupos al margen de la ley.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>Se\u00f1ales de alerta<\/h5>\n<p>Incremento en el reporte de Armas Robadas y solicitud de autorizaci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de nuevo armamento, para ejercer la venta del armamento reportado como robado a redes de tr\u00e1fico il\u00edcito en el interior del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Reporte en los movimientos financieros de transferencias por valores elevados a cuentas nacionales, extranjeras o para\u00edsos fiscales, justificando la compra de elementos no relacionados con la prestaci\u00f3n de servicios vigilados por la superintendencia de vigilancia y seguridad.<\/p>\n<p>Las empresas de vigilancia obtienen permiso de adquisici\u00f3n de un (1) arma por cada 3 vigilantes reportados en n\u00f3mina, e incremento desproporcionado de vigilantes en n\u00f3mina vs cantidad de armamento adquirido ante la DCCAE (Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos) Seg\u00fan Decreto 2535 de 1993, art 77 par\u00e1grafo 2.<\/p>\n<p>Reporte o solicitud de autorizaci\u00f3n de compra de munici\u00f3n en exceso o constantemente.<\/p>\n<p>Incremento en el reporte de p\u00e9rdida o robo de armamento y adquisici\u00f3n de este, en empresas que se encuentras en zonas de conflicto armado, cultivos il\u00edcitos y de fronteras terrestres, mar\u00edtimas y fluviales con pa\u00edses vecinos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>TIPOLOG\u00cdA N\u00b05: TR\u00c1FICO DE DROGAS TOXICAS, ESTUPEFACIENTES O SUSTANCIAS SICOTR\u00d3PICAS EN EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA<\/h5>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n Esta tipolog\u00eda hace referencia a generar una apariencia de legalidad a las actividades de lavado de activos relacionada con el tr\u00e1fico de drogas, estupefaciente o sustancias sicotr\u00f3picas en empresas de seguridad y vigilancia privada. Es por ello, que podemos referenciar que el riesgo aumenta para aquellas zonas donde existe la presencia de Organizaciones Narco Terroristas, ya que son altamente sensibles a la creaci\u00f3n y funcionamiento de \u201cnegocios\u201d que sirven para los prop\u00f3sitos de estos grupos armados.<\/p>\n<h5>Para la operaci\u00f3n de estos grupos delictivos se referencian las siguientes modalidades:<\/h5>\n<ul>\n<li>Destinar recursos econ\u00f3micos en la creaci\u00f3n de nuevas empresas<\/li>\n<li>Utilizar negocios ya creados en la zona de influencia, mediante intimidaci\u00f3n de sus propietarios<\/li>\n<li>Recursos, empresas y dinero a nombre de personas externas como familiares, amigos, conocidos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>Se\u00f1ales de alerta<\/h5>\n<ul>\n<li>Operaciones que no se condicen con la capacidad econ\u00f3mica ni el perfil del vigilado.<\/li>\n<li>Vigilados que en un corto periodo aparece como due\u00f1o de importantes y nuevos negocios y\/o activos.<\/li>\n<li>Compras realizadas para terceros, que permiten el anonimato en la propiedad de los bienes.<\/li>\n<li>Dudoso recaudo en efectivo de contratos y servicio de capacitaci\u00f3n de personal de vigilancia.<\/li>\n<li>Ubicaci\u00f3n de la empresa, en zonas con presencia de grupos armados o delictivos.<\/li>\n<li>Ventas y servicios que no guardan relaci\u00f3n con la capacidad econ\u00f3mica y la zona geogr\u00e1fica.<\/li>\n<li>Pagos realizados a proveedores por cuentas terceras<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>TIPOLOG\u00cdA N\u00b06: ENRIQUECIMIENTO IL\u00cdCITO EN EMPRESAS DE VIGILANCIA<\/h5>\n<p>Descripci\u00f3n La tipolog\u00eda de enriquecimiento il\u00edcito de nuestras empresas de vigilancia puede incrementar el patrimonio a trav\u00e9s de enriquecimiento il\u00edcito de un individuo o privado (funcionario, persona o agente) evidenciando excesos representativos de sus ingresos leg\u00edtimos sin ninguna explicaci\u00f3n legitima durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser razonablemente justificado.<\/p>\n<p>La empresa de vigilancia se constituy\u00f3 a trav\u00e9s de este acto doloso y culposo de forma il\u00edcita; es decir, de los socios o representantes de la empresa se convirtieron en personas ricas obteniendo as\u00ed una cantidad de bienes a trav\u00e9s de actividades no permitidas legalmente, con la constituci\u00f3n de una empresa fachada de vigilancia con armas donde se trabajar\u00e1 los ingresos de estos dineros.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h5>Se\u00f1ales de alerta<\/h5>\n<p>Publicaci\u00f3n de una noticia de los individuos que est\u00e1n en proceso de investigaci\u00f3n y\/o las \u201calias\u201d que tenga relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n en cuesti\u00f3n reportada.<\/p>\n<p>Publicaciones a trav\u00e9s de medios de comunicaci\u00f3n que evidencien el cambio de modo de vida del individuo y\/o su familia.<\/p>\n<p>Comportamientos at\u00edpicos en los ingresos:<\/p>\n<ul>\n<li>Incremento en la variaci\u00f3n porcentual de ingresos, utilidad, activos o patrimonio frente al a\u00f1o anterior.<\/li>\n<li>Comportamiento at\u00edpico al comportamiento del sector econ\u00f3mico e industria.<\/li>\n<li>Comparaci\u00f3n del mercado vs ingresos de la empresa.<\/li>\n<li>Conocimiento del vigilado (empresas fachadas): Seguimiento de las caracter\u00edsticas de los vigilados en cuanto a instalaciones, personal, ubicaci\u00f3n y contratos.<\/li>\n<li>Ingresos o pagos constantes de montos elevados a la misma persona jur\u00eddica o natural que revelan la generaci\u00f3n de empresa fachada.<\/li>\n<li>Aparici\u00f3n del individuo o empresa en cuesti\u00f3n en la lista PEP y\/o listas vinculantes.<\/li>\n<li>Notificaci\u00f3n de un cambio de comportamiento de uno de los individuos (se evidencia con una entrevista o visita).<\/li>\n<li>Permuta de un bien de menor valor por otro que supera la idea de similaridad, equivalencia o igualdad.<\/li>\n<li>Inversiones en negocios de alto valor, cancelados en efectivo o formas de pago sin relaci\u00f3n al beneficiario (regalos).<\/li>\n<li>La forma de identificar este tipo de alertas es por medio de listas PEP y\/o listas vinculantes.<\/li>\n<li>Los modus operandi pueden variar en la asimetr\u00eda que se tiene la vigilancia y seguridad privada, sin embargo, a medida que las empresas y las personas del sector fortalezcamos la consciencia de la importancia de la prevenci\u00f3n contra el Lavado de Activos y Financiaci\u00f3n del Terrorismo. Los servicios de Vigilancia y Seguridad Privada son transversales en todos los sectores econ\u00f3micos de nuestro pa\u00eds, los asociados de negocio y partes interesadas estar\u00e1n al pendiente del cumplimiento del SARLAFT 2.0 de las personas jur\u00eddicas que prestan dichos servicios.<\/li>\n<\/ul>\n<h4>Pol\u00edticas corporativas con respecto a SARLAFT 2.0.<\/h4>\n<p>No se establecer\u00e1 ninguna relaci\u00f3n de negocio o de cualquier otro tipo con personas naturales o jur\u00eddicas incluidas en listas internacionales vinculantes para Colombia que por su naturaleza generen un alto riesgo.<\/p>\n<p>En el evento en que se efect\u00faen contratos de asociaci\u00f3n, adquisiciones, alianzas, convenios o cualquier tipo de negocio jur\u00eddico de inversi\u00f3n, se debe identificar la contraparte y la actividad econ\u00f3mica que esta desarrolla, a fin de verificar la informaci\u00f3n necesaria para prevenir el contagio del riesgo de lavado de activos y de la financiaci\u00f3n del terrorismo.<\/p>\n<p>Custodiar Ltda., no realizar\u00e1 transacciones comerciales con terceros ubicados en pa\u00edses con deficiencias en los sistemas antilavado y contra la financiaci\u00f3n del terrorismo. Para este efecto utiliza como referencia la lista de pa\u00edses con deficiencias en los sistemas contra el lavado de activos emitida por el GAFI, la lista de pa\u00edses que apoyan el terrorismo emitida por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de Am\u00e9rica y la lista de Pa\u00edses catalogados como para\u00edsos fiscales emitida por la DIAN.<\/p>\n<p>Todos los colaboradores de la organizaci\u00f3n se encuentran obligados al cumplimiento de las normas y mecanismos sobre prevenci\u00f3n y control del Lavado de Activos y Financiaci\u00f3n del Terrorismo que la ley y la Compa\u00f1\u00eda dispongan; y deben comunicar al Jefe inmediato y al Oficial de Cumplimiento las operaciones inusuales, intentadas o sospechosas que puedan estar vinculadas a actividades de origen il\u00edcito de las que tengan conocimiento, con ocasi\u00f3n del cargo, rol o funciones, a trav\u00e9s de los mecanismos utilizados para tal fin.<\/p>\n<p>Asegurar el cumplimiento de las normas encaminadas a prevenir y detectar el LA\/FT\/FP, con el prop\u00f3sito de proteger la imagen y la reputaci\u00f3n en todas las actividades y operaciones realizadas.<\/p>\n<p>Todos los colaboradores deber\u00e1n guardar reserva de aquella informaci\u00f3n que haya sido reportada a las autoridades competentes, entre otra, los terceros relacionados con operaciones sospechosas, los reportes realizados a la UIAF y la informaci\u00f3n utilizada para el an\u00e1lisis de operaciones inusuales y sospechosas en caso de presentarse.<\/p>\n<p>Si una contraparte es registrada en alguna las otras listas consultadas por la organizaci\u00f3n posteriormente al inicio de la relaci\u00f3n comercial, CUSTODIAR LTDA debe realizar las actividades necesarias para terminar la relaci\u00f3n contractual en el t\u00e9rmino en que las caracter\u00edsticas de los negocios lo permitan.\u00a0 Solamente se puede atender aquellas actividades necesarias para el desmonte de la relaci\u00f3n comercial. Estos eventos se reportan ante la UIAF.<\/p>\n<p>Custodiar Ltda., evitar\u00e1 establecer relaciones comerciales con contrapartes (personas naturales o jur\u00eddicas) que tengan negocios cuya naturaleza dificulte la verificaci\u00f3n de la transparencia de la actividad, procedencia de los recursos o que se reh\u00fasen a facilitar la informaci\u00f3n y la documentaci\u00f3n requerida.<\/p>\n<p>Los colaboradores que se relacionen de manera directa con cualquiera de las contrapartes deben asegurarse de que se cumplan las pol\u00edticas y procedimientos establecidos y se suministre toda la informaci\u00f3n requerida de acuerdo con las caracter\u00edsticas del contrato de que se trate, asegur\u00e1ndose de documentarla seg\u00fan las directrices establecidas.<\/p>\n<p>Los colaboradores, sin excepci\u00f3n, se comprometen con Custodiar Ltda., a participar en los programas de capacitaci\u00f3n que, sobre el Sistema de Administraci\u00f3n de Riesgo de Lavado de Activos, Financiaci\u00f3n del Terrorismo y Financiaci\u00f3n de la Proliferaci\u00f3n de Armas de Destrucci\u00f3n Masiva, se lleven a cabo al interior de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Custodiar Ltda., prestar\u00e1 apoyo y colaboraci\u00f3n a las autoridades competentes a fin de suministrarles, de acuerdo con las formalidades legales, la informaci\u00f3n que requieran para el desarrollo de sus investigaciones.<\/p>\n<p>El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Manual traer\u00e1 como consecuencia la aplicaci\u00f3n de las sanciones contempladas en el reglamento interno de trabajo, en el contrato de trabajo y en el c\u00f3digo de \u00e9tica y conducta de Custodiar Ltda.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n suministrada por proveedores\/contratistas y el cliente debe ser actualizada m\u00ednimo una vez al a\u00f1o, con el prop\u00f3sito de conocer los posibles cambios en su actividad y en su informaci\u00f3n financiera, de tal forma que se puedan generar nuevas se\u00f1ales de alerta.<\/p>\n<p>Se califica como pr\u00e1ctica insegura y no autorizada la realizaci\u00f3n de operaciones, contratos o negocios sin el cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Manual y dem\u00e1s documentos que lo complementen.<\/p>\n<h4><strong>Evaluaci\u00f3n de Se\u00f1ales de Alerta SGCS BASC<\/strong><\/h4>\n<ul>\n<li><strong>Origen y Destino de la Operaci\u00f3n de Comercio: <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Verificar la legitimidad y el historial del origen y destino de las operaciones comerciales. Asegurarse de que las transacciones no involucren jurisdicciones de alto riesgo o pa\u00edses sancionados.<\/p>\n<p>El origen y destino de las operaciones comerciales son importantes para evaluar posibles riesgos asociados con la transacci\u00f3n. Si una operaci\u00f3n involucra pa\u00edses con altos niveles de corrupci\u00f3n, sanciones internacionales, o que son conocidos por actividades ilegales, esto podr\u00eda indicar un riesgo potencial.<\/p>\n<p><strong>Ejemplo<\/strong>: Un proveedor ubicado en un pa\u00eds sancionado por la comunidad internacional por corrupci\u00f3n o terrorismo, que entrega equipos electr\u00f3nicos a una empresa de vigilancia, podr\u00eda levantar banderas rojas. Esto se debe a que la empresa podr\u00eda estar involuntariamente participando en actividades il\u00edcitas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Frecuencia de las Operaciones<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Analizar la regularidad de las operaciones realizadas. Una frecuencia inusualmente alta o baja puede ser indicativa de actividad sospechosa.<\/p>\n<p>La frecuencia de las transacciones debe ser coherente con la naturaleza del negocio. Un n\u00famero inusualmente alto o bajo de operaciones puede ser indicativo de intentos de ocultar actividades il\u00edcitas.<\/p>\n<p><strong>Ejemplo,<\/strong> un asociado de negocio que realiza compras grandes de equipos de vigilancia en un corto per\u00edodo de tiempo, sin una justificaci\u00f3n clara, puede estar involucrado en una operaci\u00f3n sospechosa.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Valor y Tipo de Mercanc\u00edas<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Revisar el valor y tipo de mercanc\u00edas involucradas. Las transacciones que implican mercanc\u00edas de alto valor o productos no especificados pueden ser motivo de investigaci\u00f3n adicional.<\/p>\n<p>Evaluar el valor y tipo de mercanc\u00edas es fundamental para detectar irregularidades. Mercanc\u00edas de alto valor o de naturaleza especial que no se alinean con el perfil normal de compra del asociado podr\u00edan ser un signo de riesgo.<\/p>\n<p>Por ejemplo, Un asociado de negocio compra grandes cantidades de c\u00e1maras de alta resoluci\u00f3n y equipos de escucha avanzados que no parecen estar relacionados con sus actividades habituales. Esta anomal\u00eda puede sugerir la posible reventa de estos equipos o su uso en actividades no autorizadas.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Modalidad de la Operaci\u00f3n de Transporte<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Evaluar la modalidad utilizada para el transporte de mercanc\u00edas. Modalidades inusuales o cambios en la forma de transporte pueden se\u00f1alar riesgos potenciales.<\/p>\n<p>La modalidad de transporte puede ofrecer pistas sobre la legitimidad de la operaci\u00f3n. Las irregularidades en la modalidad de transporte, como el uso de m\u00e9todos inusuales o la falta de documentaci\u00f3n adecuada, pueden ser se\u00f1ales de alerta.<\/p>\n<p><strong>Por ejemplo,<\/strong> el uso de transporte no convencional o la falta de documentos de aduanas pueden indicar intentos de evadir controles o Si un proveedor utiliza m\u00e9todos de transportes inusuales o no est\u00e1ndar, como transporte no registrado o camiones sin las licencias apropiadas, esto puede ser indicativo de intentos de contrabando o evasi\u00f3n de impuestos.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Forma de Pago de la Transacci\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Verificar la forma de pago utilizada en la transacci\u00f3n. M\u00e9todos de pago inusuales o pagos en efectivo elevados pueden ser se\u00f1ales de alerta.<\/p>\n<p>La forma en que se realiza el pago puede revelar riesgos potenciales. Pagos en efectivo, pagos a trav\u00e9s de cuentas en para\u00edsos fiscales, o pagos en criptomonedas pueden ser se\u00f1ales de alerta. Las formas de pago no convencionales pueden facilitar el lavado de dinero y otras actividades ilegales.<\/p>\n<p>Ejemplo: Si un asociado de negocio paga grandes sumas de dinero en efectivo o mediante transferencias a cuentas en pa\u00edses con opacas regulaciones financieras, esto podr\u00eda indicar intentos de ocultar la verdadera naturaleza de la transacci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Inconsistencias en la Informaci\u00f3n Proporcionada<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Identificar cualquier inconsistencia en la documentaci\u00f3n o la informaci\u00f3n proporcionada por el asociado de negocio. Discrepancias significativas deben ser investigadas.<\/p>\n<p>Inconsistencias en la informaci\u00f3n proporcionada por los asociados de negocio, como discrepancias en los datos de contacto, direcciones o la documentaci\u00f3n presentada, pueden ser se\u00f1ales de actividades sospechosas. La falta de coherencia en la informaci\u00f3n puede ser un indicio de que el asociado no es quien dice ser.<\/p>\n<p><strong>Ejemplo:<\/strong> Si un asociado de negocio presenta informaci\u00f3n de contacto que no coincide con la direcci\u00f3n registrada en los registros oficiales, o si hay inconsistencias en la documentaci\u00f3n financiera presentada, esto debe ser investigado con una mayor diligencia.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Requerimientos que Salen de lo Establecido<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>El L\u00edder del proceso de Gesti\u00f3n de Riesgos, realizar el an\u00e1lisis e informar a la Gerencia General, cualquier solicitud o requerimiento que no est\u00e9 alineado con los procedimientos est\u00e1ndar o pol\u00edticas establecidas por la empresa.<\/p>\n<p>Los requerimientos que no se alinean con las pol\u00edticas est\u00e1ndar de la empresa pueden ser indicativos de riesgos potenciales. Solicitudes inusuales o excepcionales pueden estar dise\u00f1adas para evadir controles o facilitar actividades il\u00edcitas. Evaluar y cuestionar estos requerimientos es crucial para asegurar la integridad de las operaciones.<\/p>\n<p>Ejemplo: Un asociado de negocio que solicita excepciones a los procedimientos est\u00e1ndar de seguridad o que requiere condiciones especiales que no est\u00e1n justificadas por la naturaleza del negocio puede estar intentando realizar actividades fuera del marco legal o normativo.<\/p>\n<p><strong>An\u00e1lisis y Evaluaci\u00f3n de Riesgo<\/strong><\/p>\n<p>El an\u00e1lisis de estos factores ayuda a identificar y mitigar riesgos asociados con operaciones sospechosas en Custodiar estar\u00e1 a cargo del Gerente de Riesgos, quien Implementar\u00e1 controles rigurosos y monitorear estos factores de manera continua asegura que la empresa mantenga altos est\u00e1ndares de seguridad y cumplimiento, protegiendo tanto a la empresa como a su cadena de suministro.<\/p>\n<p>Custodiar a trav\u00e9s del Gerente de Riesgos \u00a0evaluar\u00e1 las se\u00f1ales de alerta identificadas, considerando su impacto potencial en la empresa. Se utilizar\u00e1n herramientas y criterios de evaluaci\u00f3n para determinar el nivel de riesgo asociado.<\/p>\n<p>Basado en el an\u00e1lisis, se tomar\u00e1 una decisi\u00f3n sobre la aprobaci\u00f3n o rechazo del asociado de negocio. En caso de alerta significativa, se pueden requerir investigaciones adicionales o documentaci\u00f3n adicional.<\/p>\n<p>Se documentar\u00e1 todas las evaluaciones realizadas y las decisiones tomadas en relaci\u00f3n con la selecci\u00f3n de asociados de negocio.<\/p>\n<p>Se realizar\u00e1 seguimiento continuo para revisar las transacciones y actividades de los asociados de negocio aprobados, asegurando que no surjan nuevas se\u00f1ales de alerta.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Elabor\u00f3:\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0Revis\u00f3:\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 Aprob\u00f3<\/strong><\/p>\n<p>Oficial de cumplimiento\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0Coordinador SIG\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0Gerente General[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SARLAFT 2.0. 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