{"id":3598,"date":"2024-12-09T15:56:28","date_gmt":"2024-12-09T15:56:28","guid":{"rendered":"https:\/\/custodiarltda.com\/?page_id=3598"},"modified":"2025-03-07T15:05:14","modified_gmt":"2025-03-07T15:05:14","slug":"codigo-de-conducta-etica-2","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/custodiarltda.com\/index.php\/codigo-de-conducta-etica-2\/","title":{"rendered":"C\u00f3digo de conducta \u00e9tica"},"content":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column]<div class=\"ult-spacer spacer-69eb8ea798991\" data-id=\"69eb8ea798991\" data-height=\"60\" data-height-mobile=\"60\" data-height-tab=\"60\" data-height-tab-portrait=\"\" data-height-mobile-landscape=\"\" style=\"clear:both;display:block;\"><\/div>[vc_column_text]<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648907\"><\/a>1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 INTRODUCCI\u00d3N<\/h3>\n<p><strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>, es una empresa que brinda servicios de seguridad privada, se ha caracterizado por el cumplimiento de las normas y de los postulados tanto \u00e9ticos como morales dentro de las empresas de seguridad privada colombianas.<\/p>\n<p>Con el fin de obrar en concordancia con respeto por los Derechos Humanos, la \u00e9tica y la moral y evitar que <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> sea utilizada para el lavado de dineros, la financiaci\u00f3n del terrorismo, financiaci\u00f3n de la proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva proveniente de cualquier clase de actividades delictivas, describimos la conducta a seguir por parte de todas las personas que realizan labores en nombre de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>As\u00ed toda actividad realizada por todas las personas quienes realizan trabajos en nombre de la organizaci\u00f3n, debe ce\u00f1irse a los mandatos constitucionales, legales, estatutarios y reglamentarios, en aras de proteger la confiabilidad y seguridad de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>.<\/p>\n<p>Este c\u00f3digo es de obligatorio cumplimiento para los empleados, socios de contrataci\u00f3n externa, contratistas, proveedores, subcontratistas y directivos. Su violaci\u00f3n se considera como justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo por parte de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal derivada de las acciones u omisiones del empleado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648908\"><\/a>2.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 OBJETIVO<\/h3>\n<p>El objetivo de este C\u00f3digo de Conducta es establecer el marco \u00e9tico y respeto por los Derechos Humanos en el cual se desarrollan las operaciones de la Empresa y las actuaciones de sus empleados, administradores, contratistas, proveedores, subcontratistas y accionistas, mediante el se\u00f1alamiento expreso de las reglas de conducta que orienten su actuaci\u00f3n, en especial para el funcionamiento del Sistema de Administraci\u00f3n de Riesgo de Lavado de Activos, la Financiaci\u00f3n del Terrorismo, y la financiaci\u00f3n de la proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva (SARLAFT 2.0) respecto de cada uno de los productos y servicios de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648909\"><\/a>3.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 GENERALIDADES<\/h3>\n<p>Son Empleados de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> todos sus trabajadores, vinculados mediante contrato de trabajo.<\/p>\n<p>Los administradores de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> son: a) Los empleados que adem\u00e1s de tener vinculaci\u00f3n laboral, ostentan la representaci\u00f3n legal de la empresa, b) Los miembros de la Junta de Socios, c) Quienes ejercitan funciones de direcci\u00f3n, gesti\u00f3n o disposici\u00f3n externa o interna, por tener cargos de direcci\u00f3n, confianza y manejo derivados de la relaci\u00f3n laboral con la empresa.<\/p>\n<p>Los accionistas de la empresa son las personas naturales y jur\u00eddicas que figuren como tales en el Libro de Registro de Accionistas.<\/p>\n<p>Subcontrataci\u00f3n para Custodiar Ltda., es la contrataci\u00f3n con una parte externa para cumplir una obligaci\u00f3n que resulta de un contrato existente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648910\"><\/a>4.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 PRINCIPIOS<\/h3>\n<p>Todas las personas que realicen labores en nombre de<strong> CUSTODIAR LTDA<\/strong> deben obrar no s\u00f3lo conforme al m\u00e1s estricto apego a los reglamentos internos y a la ley, sino con sujeci\u00f3n al principio de la buena fe, en defensa de las partes interesadas de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>.<\/p>\n<p>Como directrices a tener en cuenta en el comportamiento o <strong>conducta profesional en las operaciones de seguridad <\/strong>en el ejercicio de la actividad de prestaci\u00f3n de servicios de vigilancia y seguridad privada\u00a0 basados en el marco del respeto por los Derechos Humanos, la dignidad de las personas. En el principio constitucional de la buena fe se establecen los siguientes principios a seguir por todos y cada uno de los empleados, contratistas, proveedores y subcontratistas que realizan labores en nombre de la organizaci\u00f3n:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>PREVALENCIA DE LAS REGLAS DE CONDUCTA<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Como principio b\u00e1sico de conducta, en <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> es imperativo anteponer la observancia de los principios \u00e9ticos de este C\u00f3digo, el respeto y la responsabilidad, promoviendo los reportes de irregularidades sin temor a represalias al logro de las metas comerciales.<\/p>\n<p>Se entiende por ella la obligaci\u00f3n que tienen los empleados de actuar siempre buscando el beneficio de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> e igualmente obrar de manera \u00edntegra, franca, fiel y objetiva con relaci\u00f3n a todas las personas que intervienen de cualquier servicio de vigilancia y seguridad privada.<\/p>\n<p>Actuar siempre en forma seria y objetiva, con diligencia, la cual se equipara al trabajo constante y a conciencia. As\u00ed mismo con destreza, la cual hace referencia al conocimiento, habilidad y buen juicio para el desarrollo de su actividad en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Regirse por todas las disposiciones legales y reglamentarias que se apliquen a la actividad desarrollada incluyendo las relacionadas con la prevenci\u00f3n del lavado de activos, la Financiaci\u00f3n del Terrorismo y Financiaci\u00f3n de la Proliferaci\u00f3n de armas de Destrucci\u00f3n Masiva y abstenerse de realizar cualquier pr\u00e1ctica prohibida o restringida por la ley o los reglamentos.<\/p>\n<p>Rectitud de conducta, lealtad a la Compa\u00f1\u00eda e integridad, firmeza ante propuestas deshonestas y ante la posibilidad de realizar actos por fuera de los reglamentos o la ley.<\/p>\n<p>Realizar a cabalidad y con la debida diligencia las labores propias de cada cargo, y en consecuencia responder plenamente por los actos ejecutados.<\/p>\n<p>Guardar reserva de toda de la informaci\u00f3n conocida de la empresa, en especial de aquella cuya divulgaci\u00f3n est\u00e9 sometida a protecci\u00f3n legal y cause perjuicios a terceros, y en especial la informaci\u00f3n relativa a clientes de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>CONFIANZA<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Brindar seguridad, transparencia y calidad en sus productos y servicios que permita elevar la percepci\u00f3n y valoraci\u00f3n de los clientes y de la sociedad en general.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>INTEGRIDAD CON EFICIENCIA. <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Virtud de nuestro personal de actuar con honestidad y transparencia, cuidando el mejor uso de los recursos empresariales y el cumplimiento de los objetivos del negocio.<\/p>\n<p>Compromiso de todas las \u00e1reas de lograr satisfacer oportuna y adecuadamente las necesidades de las partes interesadas y propendiendo su buen nombre.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>\u00a0<\/strong><strong>COMPROMISO<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Actitud de nuestro personal que se refleje en el cumplimiento de las normas internas, en la lealtad, responsabilidad e identificaci\u00f3n empresarial, generando valor en beneficio de los clientes y la sociedad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>INNOVACI\u00d3N<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Desarrollo o mejora de nuevos servicios y procesos que eleven la productividad y que atiendan los requerimientos y necesidades de las partes interesadas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>DERECHOS HUMANOS<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Mantener el respeto de los Derechos Humanos, uso adecuado de la fuerza as\u00ed como las disposiciones establecidas en el SIG.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>DETECCI\u00d3N Y REPORTE DE ACTIVIDADES SOSPECHOSAS<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>Comprometerse a identificar y reportar de manera inmediata cualquier actividad sospechosa o irregular que pueda estar relacionada con el lavado de activos, la Financiaci\u00f3n del Terrorismo y Financiaci\u00f3n de la Proliferaci\u00f3n de armas de Destrucci\u00f3n Masiva.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648911\"><\/a>5.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 C\u00d3DIGO DE CONDUCTA<\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><a name=\"_Toc516648429\"><\/a><a name=\"_Toc516648912\"><\/a>5.1.\u00a0 Actuaci\u00f3n de todos los empleados de CUSTODIAR LTDA<\/h4>\n<p>Todos los empleados, contratistas, proveedores y subcontratistas de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> deber\u00e1n:<\/p>\n<ul>\n<li>Desarrollar las actividades asignadas, con el fin de lograr el adecuado desarrollo del objeto social de la empresa.<\/li>\n<li>Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.<\/li>\n<li>Abstenerse de utilizar indebidamente informaci\u00f3n privilegiada.<\/li>\n<li>Dar un trato equitativo a todos los socios y respetar el ejercicio del derecho de inspecci\u00f3n de todos ellos.<\/li>\n<li>Abstenerse de participar por s\u00ed o por interpuesta persona en inter\u00e9s personal o de terceros, en actividades que impliquen competencia con la empresa o en actos respecto de los cuales exista conflictos de inter\u00e9s, salvo autorizaci\u00f3n por parte de la Junta Directiva.<\/li>\n<li>Cada uno de los empleados de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>, independientemente de su nivel jer\u00e1rquico debe evaluar y controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar correctivos en el ejercicio y cumplimiento de sus funciones, as\u00ed como para mejorar sus tareas y responsabilidades.<\/li>\n<li>Prevenir hechos y situaciones que atenten contra la dignidad del ser humano.<\/li>\n<li>Regir sus actuaciones dentro del respeto y el apoyo al estado de derecho, el respeto a los derechos humanos y el adecuado uso de la fuerza.<\/li>\n<li>Adoptar medidas de prevenci\u00f3n y promoci\u00f3n del respeto de los derechos humanos dentro de un marco eficaz de gesti\u00f3n interna a fin de prevenir, controlar, informar y corregir de manera eficaz hechos contra los derechos humanos.<\/li>\n<li>Reportar de manera inmediata al Oficial de Cumplimiento SARLAFT reportarle a la UIAF, todas las Operaciones Sospechosas \/ inusuales que detecten en el giro ordinario de sus negocios o actividades<\/li>\n<\/ul>\n<p>En consecuencia, sin perjuicio de la responsabilidad atribuible a los administradores en la definici\u00f3n de pol\u00edticas y en la ordenaci\u00f3n del dise\u00f1o de la estructura del control interno, es pertinente resaltar el deber que les corresponde a todos y cada uno de los empleados dentro de la empresa, quienes en desarrollo de sus funciones y con la aplicaci\u00f3n de procesos operativos apropiados deber\u00e1n procurar el cumplimiento de los objetivos trazados por la direcci\u00f3n, siempre sujetos a los l\u00edmites por ella establecidos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><a name=\"_Toc516648430\"><\/a><a name=\"_Toc516648913\"><\/a>5.2.\u00a0 Actuaciones Prohibidas al Personal<\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Los empleados de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> seguir\u00e1n las siguientes reglas de comportamiento y en especial en el conocimiento de la contraparte, detecci\u00f3n y an\u00e1lisis de operaciones inusuales, determinaci\u00f3n y reporte de operaciones sospechosas y todos los procedimientos del Manual de Procedimientos SARLAFT 2.0<\/p>\n<ul>\n<li>Proceder\u00e1n en forma veraz, digna, leal y de buena fe. No intervendr\u00e1n en actos simulados, operaciones fraudulentas o que tiendan a ocultar, distorsionar o manipular la informaci\u00f3n de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> o sus clientes, en perjuicio de la empresa, o de las partes interesadas.<\/li>\n<li>Evitar\u00e1n intervenir o participar de forma directa o indirecta en arreglos indebidos en las instituciones u organismos p\u00fablicos, en otra empresa o entre particulares.<\/li>\n<li>Evitar\u00e1n demorar de manera injustificada la realizaci\u00f3n de operaciones propias de su cargo, o de las que les han sido encomendadas por superiores, en detrimento de los intereses de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> o sus partes interesadas.<\/li>\n<li>Se abstendr\u00e1n de realizar u omitir actuaciones o de evitar el suministro de informaci\u00f3n tendiente a favorecer, perjudicar o lesionar a una persona.<\/li>\n<li>Los empleados de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> se abstendr\u00e1n de participar, decidir, o sugerir la decisi\u00f3n, en operaciones o servicios a favor de clientes con los que sostengan negocios particulares o tengan vinculaciones familiares.<\/li>\n<li>Los empleados de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> se abstendr\u00e1n de aceptar regalos y atenciones desmedidas, o tratamientos preferenciales de clientes que tiendan a recibir o a esperar rec\u00edproco tratamiento.<\/li>\n<li>En cuanto a la prestaci\u00f3n del servicio a los accionistas y administradores, se har\u00e1 con estricta sujeci\u00f3n a los l\u00edmites legales establecidos, de tal manera que no se ponga en ning\u00fan momento en peligro la solvencia o liquidez de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> y nunca se superen los l\u00edmites establecidos.<\/li>\n<li>No deber\u00e1 otorgarse ninguna clase de preferencia econ\u00f3mica a los accionistas ni administradores en sus relaciones con <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> a trav\u00e9s de sus diferentes servicios, que est\u00e9 por fuera de la ley o de los par\u00e1metros y procedimientos internos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Actuaciones y Deberes de los Administradores.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>El Art\u00edculo 23 de la ley 222 de 1.995, se\u00f1ala que los administradores deben obrar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios. Sus actuaciones se cumplir\u00e1n en inter\u00e9s de la sociedad, teniendo en cuenta los intereses de sus asociados.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el art\u00edculo 22 de la citada Ley, son administradores, el representante legal, el liquidador, el factor, los miembros de juntas o consejos directivos y quienes de acuerdo con los estatutos ejerzan o deleguen esas funciones.<\/p>\n<p>En cumplimiento de su funci\u00f3n los Administradores deber\u00e1n:<\/p>\n<ul>\n<li>Abstenerse de utilizar indebidamente informaci\u00f3n privilegiada.<\/li>\n<li>Guardar y proteger la reserva comercial e industrial de la Empresa.<\/li>\n<li>Prohibici\u00f3n de los representantes y mandatarios de hacer de contraparte del representado o mandante.<\/li>\n<li>Abstenerse de participar por s\u00ed o por interpuesta persona en inter\u00e9s personal o de terceros, en actividades que impliquen competencia con la Empresa, salvo autorizaci\u00f3n expresa de la Junta Directiva o Asamblea General de socios.<\/li>\n<li>No podr\u00e1 haber en las Juntas Directivas una mayor\u00eda cualquiera formada por personas ligadas entre s\u00ed por matrimonio o parentesco.<\/li>\n<li>Para los mandatarios est\u00e1 prohibido adquirir o beneficiarse de los negocios que representen, ni podr\u00e1 hacer de contraparte del mandante, salvo expresa autorizaci\u00f3n de este. (Art\u00edculo 1274 del C. del Co.)<\/li>\n<li>Evitar cualquier situaci\u00f3n que pueda involucrar un conflicto entre los intereses personales y los de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong> en tratos con actuales o potenciales clientes, proveedores, contratistas y competidores, actuar por el beneficio de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>, excluyendo cualquier beneficio personal.<\/li>\n<li>Informar oportunamente cualquier situaci\u00f3n que pueda involucrar alg\u00fan conflicto de inter\u00e9s, incluyendo relaciones familiares o personales, que puedan evitar que se act\u00fae exclusivamente por el inter\u00e9s de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>.<\/li>\n<li>Abstenerse de promover o permitir cualquier pr\u00e1ctica que tenga como efecto sobresaliente la evasi\u00f3n fiscal.<\/li>\n<li>Abstenerse de realizar contratos, salvo en las cuant\u00edas y casos autorizados por la ley y las pol\u00edticas internas de <strong>CUSTODIAR LTDA<\/strong>.<\/li>\n<li>Asegurar que todos los colaboradores de Custodiar Ltda., reciban la capacitaci\u00f3n necesaria en materia de \u00e9tica y cumplimiento, incluyendo el SARLAFT 2.0, para fortalecer la cultura de cumplimiento en la organizaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648914\"><\/a>6.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 NORMAS QUE RIGEN LA CONDUCTA DE CUSTODIAR LTDA.<\/h3>\n<h4><strong>\u00a0<\/strong><a name=\"_Toc516648915\"><\/a>6.1.\u00a0 CONTROL Y USO DE ACTIVOS<\/h4>\n<p>Todos los empleados de CUSTODIAR LTDA son responsable por el control y uso adecuado de los activos de la compa\u00f1\u00eda, incluyendo la informaci\u00f3n f\u00edsica y electr\u00f3nica. Esto implica proteger las propiedades y otros activos contra usos y movimientos no autorizados, as\u00ed como contra la p\u00e9rdida por actos criminales o abusos de confianza.<\/p>\n<p>Ning\u00fan empleado puede usar o solicitar los recursos f\u00edsicos de CUSTODIAR LTDA\u00a0 para beneficio propio o de terceros.<\/p>\n<h4><\/h4>\n<h4><a name=\"_Toc516648916\"><\/a>6.2.\u00a0 REGISTROS CONTABLES E INFORMES<\/h4>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Se debe reflejar de manera exacta, clara y verdadera cualquier transacci\u00f3n, ya sea en reportes financieros, operativos, registros contables, cuentas de gastos y dem\u00e1s.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>CALIDAD EN EL DESARROLLO DEL TRABAJO <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Todas las actividades a cargo de un empleado deben ser atendida con el m\u00e1ximo de confiabilidad, oportunidad y diligencia:<\/p>\n<ul>\n<li>Los empleados deben aprovechar las capacitaciones brindadas por CUSTODIAR LTDA, haciendo el mejor uso de ella y conocer los reglamentos que rigen su profesi\u00f3n u oficio.<\/li>\n<li>Cada empleado es responsable de leer, estudiar y dar estricto cumplimiento a las circulares y directrices emitidas por la empresa y por los entes de control. Tambi\u00e9n son responsables del cumplimiento de los manuales y procedimientos que regulan su cargo.<\/li>\n<li>Las actividades extra laborales del empleado no pueden comprometer a CUSTODIAR LTDA, respecto de sus intereses, ni afectar la imagen de la compa\u00f1\u00eda.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>MANEJO DE LAS RELACIONES EN CUSTODIAR LTDA. <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>CUSTODIAR LTDA no busca obtener ganancias o ventajas a trav\u00e9s del uso impropio de cortes\u00edas o incentivos en los negocios. El buen juicio y la moderaci\u00f3n deben ser ejercitados para evitar malas interpretaciones o efectos adversos en la reputaci\u00f3n de la organizaci\u00f3n o de sus empleados.<\/p>\n<p>Las acciones que garantizan la anterior norma de <strong>conducta <\/strong>son:<\/p>\n<ul>\n<li>Obrar equitativa y objetivamente, sin considerar beneficios personales o de terceros prestando los servicios contratados sin esperar retribuci\u00f3n alguna diferente de la pactada con CUSTODIAR LTDA.<\/li>\n<li>Abstenerse de aceptar regalos y atenciones desmedidas, concesiones en precios u otros tratamientos preferenciales del cliente o de proveedores, que puedan comprometer al otorgamiento de concesiones especiales rec\u00edprocas.<\/li>\n<li>Abstenerse de recibir dinero como gratificaci\u00f3n, por peque\u00f1a que sea su cuant\u00eda.<\/li>\n<li>En las relaciones con el cliente deben prevalecer condiciones de rectitud, seguridad y transparencia, sin conceder beneficios especiales no justificados.<\/li>\n<li>Realizar una debida diligencia en la selecci\u00f3n de clientes, proveedores y socios comerciales, evaluando su reputaci\u00f3n y las actividades que desarrollan para prevenir la inclusi\u00f3n de entidades o individuos vinculados a delitos LAFTFP.<\/li>\n<li>Facilitar y fomentar la comunicaci\u00f3n de cualquier actividad \/ operaci\u00f3n sospechosa detectada en las relaciones comerciales, asegurando que se tomen las acciones adecuadas para investigar y reportar.<\/li>\n<li>Fomentar pr\u00e1cticas comerciales responsables que contribuyan al bienestar de la comunidad y del entorno, evitando relaciones que puedan da\u00f1ar la reputaci\u00f3n de la organizaci\u00f3n o que est\u00e9n asociadas a actividades il\u00edcitas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>ERROR AJENO <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Todo empleado que detecte un error o mal uso en los procedimientos de CUSTODIAR LTDA, que beneficie directa o indirectamente a un empleado o a un tercero, debe comunicarlo inmediato a cualquier superior jer\u00e1rquico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>LOS CONFLICTOS DE INTER\u00c9S <\/strong><\/p>\n<p>Se define conflicto de inter\u00e9s como la situaci\u00f3n en virtud de la cual una persona (natural o jur\u00eddica) se enfrenta a distintas alternativas de <strong>conducta <\/strong>debido a que sus intereses particulares pueden prevalecer frente a sus obligaciones legales o contractuales (actividad laboral o econ\u00f3mica).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>REGLAS QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA PARA EVITAR LA <a name=\"_Toc516648434\"><\/a><a name=\"_Toc516648917\"><\/a>OCURRENCIA DE UN CONFLICTO DE INTER\u00c9S EN LA LABOR DIARIA <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>\u00a0<\/strong>Obrar equitativamente, sin considerar beneficios personales o de terceros.<\/li>\n<li>Prestar los servicios contratados sin esperar retribuci\u00f3n alguna diferente a la pactada.<\/li>\n<li>Atender con amabilidad, moderaci\u00f3n y prudencia las inquietudes y reclamos de los clientes.<\/li>\n<li>Evitar actos que perjudiquen el trabajo y a la reputaci\u00f3n de los empleados y de los clientes.<\/li>\n<li>Abstenerse de aceptar regalos excesivos, atenciones desmedidas, concesiones en precios u otros tratamientos preferenciales del cliente o de proveedores, que pueden dar lugar a concesiones especiales rec\u00edprocas.<\/li>\n<li>Abstenerse de utilizar el nombre de los clientes externos de la empresa para negocios propios.<\/li>\n<li>Abstenerse de ofrecer sus servicios o experiencia profesional a cliente externo.<\/li>\n<li>Abstenerse de recibir dinero por peque\u00f1a que sea su cuant\u00eda.<\/li>\n<li>Abstenerse de colocarse en situaciones en las cuales sus intereses personales, entran en conflicto en sus relaciones con la empresa.<\/li>\n<li>Abstenerse de usar o solicitar los recursos f\u00edsicos de la empresa para beneficios propios o de terceros.<\/li>\n<li>Abstenerse de garantizar el resultado de una solicitud o gesti\u00f3n cuya decisi\u00f3n final depende de otro.<\/li>\n<li>Inhibirse de utilizar, en beneficio de otros, las ventajas que la empresa otorga de manera exclusiva a favor de sus empleados.<\/li>\n<li>Someter la realizaci\u00f3n de la operaci\u00f3n a la aprobaci\u00f3n de instancias superiores, cuando existan situaciones que pudieran generar un conflicto de inter\u00e9s.<\/li>\n<li>De otra parte, es de tener en consideraci\u00f3n que cuando CUSTODIAR LTDA otorga autoridad a empleados que desempe\u00f1an ciertos cargos, lo hace porque conf\u00eda en su sano y equitativo criterio, raz\u00f3n por la cual se deber\u00e1 establecer la prohibici\u00f3n absoluta del uso indebido o abuso de autoridad, ya sea en beneficio propio, de terceros, o en perjuicio de terceras personas.<\/li>\n<li>El empleado que tenga conocimiento de la comisi\u00f3n de una infracci\u00f3n disciplinaria, deber\u00e1 ponerla inmediatamente en conocimiento de cualquier superior jer\u00e1rquico suministrando los documentos o pruebas que tuviere a su alcance.<\/li>\n<li>El superior jer\u00e1rquico que reciba la informaci\u00f3n sobre infracciones, proceder\u00e1 a verificar los hechos, comunic\u00e1ndolos inmediatamente a la Gerencia general y\/o Junta Directiva, debiendo imponer la sanci\u00f3n correspondiente si a ello hubiere lugar, de acuerdo con la Ley, las normas del presente c\u00f3digo, el reglamento interno de trabajo, o cualquier otra norma interna, sin perjuicio de las medidas correctivas y preventivas a que haya lugar.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>INCOMPATIBILIDADES DEL REVISOR FISCAL <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>No podr\u00e1n ser Revisores Fiscales de CUSTODIAR LTDA:<\/p>\n<ul>\n<li>Quienes sean asociados de CUSTODIAR LTDA o sus subordinadas, si las tuviere, ni en estas \u00faltimas quienes sean asociados o empleados de la sociedad matriz.<\/li>\n<li>Quienes est\u00e9n ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, o sean consocios de los administradores y empleados directivos, el auditor interno, contador o cajero de CUSTODIAR LTDA.<\/li>\n<li>Quienes en CUSTODIAR LTDA o en sus subordinadas, si las tuviere, desempe\u00f1e cualquier otro cargo. De manera an\u00e1loga, quien haya sido elegido Revisor Fiscal de CUSTODIAR LTDA no podr\u00e1 desempe\u00f1ar en la Compa\u00f1\u00eda ni en sus subordinadas, si las tuviere, ning\u00fan otro cargo durante el per\u00edodo respectivo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><strong>CUMPLIMIENTO DE MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SARLAFT 2.0. Y CODIGO DE CONDUCTA<a name=\"_Toc516648435\"><\/a><a name=\"_Toc516648918\"><\/a> ETICA <\/strong><\/h4>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Es un deber de los empleados y administradores de la empresa el cumplimiento riguroso y oportuno de los mecanismos de control y prevenci\u00f3n de actividades delictivas acogidos en el Manual de Procedimientos SARLAFT 2.0 de CUSTODIAR LTDA, y del cumplimiento del c\u00f3digo de conducta y \u00e9tica de la Compa\u00f1\u00eda.<\/p>\n<p>Es importante considerar que cada una de las personas que realizan actividades en nombre de la organizaci\u00f3n es responsable de actuar de acuerdo con el Manual de Procedimientos SARLAFT 2.0 y el C\u00f3digo de Conducta, entendiendo que nuestras acciones impactan en la integridad y reputaci\u00f3n de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cualquier violaci\u00f3n a estos procedimientos se considera una falta grave que ser\u00e1 sancionada de conformidad con los procedimientos internos y la ley, sin prejuicio de las sanciones de orden penal o civil que correspondan. Es una regla de conducta de imperativo cumplimiento, el deber del conocimiento del cliente y los deberes de reporte a las autoridades competentes, de conformidad con los procedimientos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>La persona(s) de Cumplimiento es el empleado responsable de monitorear y velar por la aplicaci\u00f3n de los procedimientos espec\u00edficos para la prevenci\u00f3n y control de lavado de activos y financiaci\u00f3n del terrorismo, establecidos al interior de CUSTODIAR LTDA S.A.<\/p>\n<p>La Gerencia General, Gerentes, Directores, Jefes de \u00e1reas, y Coordinadores de \u00e1reas debe cumplir, monitorear y hacer cumplir por parte de los empleados bajo su responsabilidad el C\u00f3digo de Conducta y \u00c9tica.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648919\"><\/a>8.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO Y SANCIONES<\/h3>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>El incumplimiento de estas Reglas de Conducta dar\u00e1 lugar a las sanciones legales, administrativas, civiles y penales que establece la ley as\u00ed como un da\u00f1o severo a la reputaci\u00f3n de la organizaci\u00f3n, que puede afectar la confianza de clientes y socios. Sin perjuicio de lo anterior, CUSTODIAR LTDA sancionar\u00e1 a los empleados que incumplan estas Reglas de Conducta a trav\u00e9s de un Comit\u00e9 de \u00c9tica integrado por el Gerente General, el oficial de cumplimiento y suplente.<\/p>\n<p>Las sanciones ser\u00e1n impuestas despu\u00e9s de evaluar la conducta del empleado y escuchar sus descargos, y podr\u00e1n llegar hasta la terminaci\u00f3n del contrato de trabajo, estableciendo las siguientes sanciones de acuerdo a la regla violada y la determinaci\u00f3n de la falta seg\u00fan la gravedad de la conducta y la afectaci\u00f3n de los intereses de la empresa o de terceros, as\u00ed:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><a name=\"_Toc516648920\"><\/a>8.1.\u00a0 DISCIPLINARIAS<\/h4>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Se considera falta leve aquella falta de tipo interno que no pone en riesgos a la empresa por sanciones legales.<\/p>\n<p>Se considera falta grave aquella que pone en claro riesgo a la empresa de que sea usada para el lavado de activos y la financiaci\u00f3n del terrorismo y genere sanciones y multas a la empresa y sus directivas y genere p\u00e9rdida econ\u00f3mica a la compa\u00f1\u00eda.<\/p>\n<p>Son faltas graves que podr\u00e1n dar lugar a la terminaci\u00f3n del contrato de trabajo:<\/p>\n<ul>\n<li>Establecer una relaci\u00f3n de negocios con un cliente, hasta no efectuar su correcta identificaci\u00f3n, teniendo en cuenta las instrucciones y procedimientos internos emitidos para tal fin, a\u00fan cuando se trate de personas recomendadas.<\/li>\n<li>Informar a los clientes sobre gestiones administrativas o judiciales que adelanten en su contra las autoridades competentes, o los estamentos de control de CUSTODIAR LTDA.<\/li>\n<li>Desatender requerimientos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, Superintendencia de vigilancia y seguridad privada, o de cualquier organismo estatal, bien sea omitiendo u ocultando informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Cualquier actuaci\u00f3n del empleado que haya generado conflicto de inter\u00e9s y no haya sido reportado de acuerdo al procedimiento establecido en este manual.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><a name=\"_Toc516648921\"><\/a>8.2.\u00a0 SANCIONES DE CAR\u00c1CTER LABORAL<\/h4>\n<p>Las siguientes sanciones ser\u00e1n aplicadas por CUSTODIAR LTDA directamente a sus empleados:<\/p>\n<ul>\n<li>Por faltas leves: Llamados de atenci\u00f3n verbal, llamados de atenci\u00f3n por escrito con copia a la hoja de vida y hasta la suspensi\u00f3n del Contrato de Trabajo por el t\u00e9rmino de ocho (8) d\u00edas.<\/li>\n<li>En el evento en que se detecten conductas similares repetitivas, la suspensi\u00f3n del contrato se efectuar\u00e1 hasta por dos (2) meses.<\/li>\n<li>Por faltas graves o si la acci\u00f3n u omisi\u00f3n de la <strong>conducta<\/strong>, a\u00fan la primera vez, reviste una sanci\u00f3n administrativa m\u00e1s dr\u00e1stica, con ocasi\u00f3n de los hechos y circunstancias que hayan rodeado el incumplimiento de las normas en menci\u00f3n podr\u00e1 darse por terminado el contrato de trabajo.<\/li>\n<li>Quienes tengan conocimiento de la comisi\u00f3n de una infracci\u00f3n disciplinaria, deben ponerla inmediatamente en conocimiento de un superior, suministrando en lo posible los documentos o pruebas que tengan a su alcance.<\/li>\n<li>Los superiores que reciban informaci\u00f3n sobre infracciones, proceder\u00e1n a verificar los hechos y a emitir la sanci\u00f3n correspondiente debidamente verificada o a archivar la documentaci\u00f3n, de acuerdo con el C\u00f3digo o el Reglamento Interno del Trabajo, sin perjuicio de las medidas correctivas y preventivas a que haya lugar.<\/li>\n<li>Los empleados adem\u00e1s de enfrentar acciones disciplinarias que afecten su desempe\u00f1o laboral podr\u00edan verse involucrados en situaciones severas, ser considerados responsables civilmente por los da\u00f1os causados a la organizaci\u00f3n. Estas sanciones se aplicar\u00e1n de acuerdo con las pol\u00edticas internas y los procedimientos establecidos para asegurar un proceso justo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>8.3 POL\u00cdTICA DE DELACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>Para CUSTODIAR LTDA., es importante monitorear el cumplimiento de todas las disposiciones expuestas en el c\u00f3digo de conducta \u00e9tica por lo cual solicita a sus colaboradores internos, proveedores, contratistas, subcontratistas, clientes, usuarios, miembros de la comunidad y cualquier otra parte interesada quienes tengan la creencia razonable de que se ha producido una NO conformidad del SIG, conductas no \u00e9ticas, violaciones o potenciales violaciones de los Derechos Humanos, lo reporten de modo directo o an\u00f3nimo utilizando la herramienta habilitada en la p\u00e1gina web <a href=\"about:blank\">https:\/\/custodiarltda.com\/contactenos\/<\/a> m\u00f3dulo Escribanos\u00a0 o directamente con un representante del \u00e1rea Jur\u00eddica \/ Experiencia del servicio de la organizaci\u00f3n, en los casos que se consideren apropiados informar a las autoridades correspondientes.<\/p>\n<p>CUSTODIAR LTDA., se compromete a que no debe emprender ninguna acci\u00f3n adversa contra ning\u00fan individuo por el hecho de presentar un reporte de buena fe as\u00ed mismo informar al cliente acerca de las violaciones de la ley o de respeto a los derechos humanos que se hayan reportado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648922\"><\/a>9.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 CAPACITACI\u00d3N<\/h3>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Los administradores de CUSTODIAR LTDA propender\u00e1n por la adecuada difusi\u00f3n de este C\u00f3digo de Conducta mediante la aplicaci\u00f3n de programas de capacitaci\u00f3n y mediante la divulgaci\u00f3n oportuna de todas sus modificaciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><a name=\"_Toc516648923\"><\/a>10.\u00a0 OBLIGATORIEDAD Y VIGENCIA<\/h3>\n<p>Este C\u00f3digo es de obligatorio cumplimiento y est\u00e1 vigente desde su aprobaci\u00f3n por la Junta de Socios de CUSTODIAR LTDA.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span data-olk-copy-source=\"MessageBody\">Esta pol\u00edtica se revis\u00f3 y firm\u00f3 en el mes de marzo de 2025 y tiene vigencia a partir de su publicaci\u00f3n.\u00a0<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>HERNEY GALLEGO GALLEGO<\/strong><\/p>\n<p>Representante Legal[\/vc_column_text]<div class=\"ult-spacer spacer-69eb8ea7989b7\" data-id=\"69eb8ea7989b7\" data-height=\"60\" data-height-mobile=\"60\" data-height-tab=\"60\" data-height-tab-portrait=\"\" data-height-mobile-landscape=\"\" style=\"clear:both;display:block;\"><\/div>[\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text] 1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 INTRODUCCI\u00d3N CUSTODIAR LTDA, es una empresa que brinda servicios de seguridad privada, se ha caracterizado por el cumplimiento de las normas y de los postulados tanto \u00e9ticos como morales dentro de las empresas de seguridad privada colombianas. 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